Ordenanza Nro. 46

ORDENANZA MUNICIPAL N° 46

ARTÍCULO 1°.- SE DECLARA COMO DE LEGITIMO ABONO EL TOTAL DE PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS M/N (5.498.53) QUE IMPORTAN LAS DIFERENCIA DE SUELDOS Y JORNALES DEL PERSONAL OBRERO MUNICIPAL POR EL PRIMER CUATRIMESTRE DEL AÑO 1948, QUE CORRESPONDAN A LA VIGENCIA DEL DECRETO N° 6482 ART. 32° Y CUYOS BENEFICIOS SE DETALLAN A FOJAS CINCO Y SEIS DEL EXPEDIENTE DE CONSOLIDACIÓN DE DEUDAS MUNICIPALES POR ACOGIMIENTO  A LA LEY N° 4521 ORDENANZA N° 19 ARTÍCULO 2° INCISO 3°.

ARTÍCULO 2°.- SE APRUEBAN LOS PAGOS EFECTUADOS POR ESTE CONCEPTO EN EL AÑO 1948 A LOS SEÑORES: PEDRO REVERON $ 100.00.- ANIBAL REQUITO $ 9080 Y NESTOR COLMAN $ 126.75, QUE TOTALIZAN PESOS TRESCIENTOS DIEZ Y SIETE CON CINCUENTA Y CINCO M/N (317.55) QUE SERÁN DEDUCIDOS DEL TOTAL FIJADO POR EL ARTÍCULO 1°.

ARTÍCULO 3°.- SE AUTORIZA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A ABONAR EL PERSONAL INCLUIDO EN LA NÓMINA DE FOJAS CINCO Y SEIS DEL CITADO EXPEDIENTE DE CONSOLIDACIÓN DE DEUDAS MUNICIPALES EN EXCLUSIÓN DE LOS CITADOS EN EL ARTÍCULO PRECEDENTE, LA SUMA DE PESOS CINCO MIL CIENTO OCHENTA PESOS CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS M/N ($ 5.180.98) CON FONDOS PROVENIENTES DE LA CONSOLIDACIÓN DE DERECHOS.- ORDENANZA N° 19 ART. 2° INCISO 3.- FONDOS LEY N° 4521.

ARTÍCULO 4°.- EL TOTAL DE PESOS TRESCIENTOS DIEZ Y SIETE CON CINCUENTA Y CINCO M/N. 8$ 317.55) ABONADO CON RECURSOS ORDINARIOS DEL AÑO 1948, SERÁ REINTEGRADO CON CARGO A LA CITADA ORDENANZA N° 19- FONDOS LEY 4521 A LA CUENTA “SALDOS DE EJERCICIOS ANTERIORES”.-

ARTÍCULO 5°.- COMUNIQUESE , ETC., ETC.

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