Ordenanza Nro: 4574

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4574/2012.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA «D» Nº 85/10 EN EL CUAL OBRA CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIA RECÍPROCA SUSCRIPTO CON EL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, EL CUAL SE ENCUENTRA REGISTRADO BAJO EL Nº 18/12 DEL REGISTRO DE CONVENIOS MUNICIPAL;
QUE A FOJAS 11 Y 12 OBRA PROTOCOLO ADICIONAL AL YA CITADO CONVENIO EL CUAL SE REGISTRÓ BAJO EL Nº 19/12 DEL REGISTRO DE CONVENIOS MUNICIPAL, REFERENTE A LA REUTILIZACIÓN DEL ACEITE VEGETAL USADO;
QUE LA FIRMA DE LOS MISMOS IMPLICA UN COMPROMISO CON EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE QUE HOY ES PRIORIDAD EN EL MUNDO;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- CONVALÍDENSE EL CONVENIO Y EL PROTOCOLO ADICIONAL SUSCRIPTOS CON EL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE, REGISTRADOS BAJO LOS Nº 18 Y 19/12 DEL REGISTRO DE CONVENIOS MUNICIPAL.-
ARTÍCULO 2°.-COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.-

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