Ordenanza Nro: 4418

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4418/2011.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?R? Nº 45/11, EN EL CUAL OBRA A FOJAS 1, SOLICITUD PRESENTADA POR EL DIRECTOR DE RECAUDACIÓN REFERENTE A LA EXIMISIÓN, NO FACTURACIÓN Y CONDONACIÓN DE DEUDAS POR TASAS MUNICIPALES DE LOS INMUEBLES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO COMO ASÍ TAMBIÉN DE LOS EDIFICIOS QUE LA COMUNA ESTÉ HACIENDO USO POR MEDIO DE CONVENIOS DEBIDAMENTE REGISTRADOS;
CONSIDERANDO QUE AL FACTURARSE ESTAS TASAS SE AUMENTA EL PADRÓN DE EMISIÓN, GENERANDO DISTORSIONES EN LOS PORCENTAJES DE COBRABILIDAD INCREMENTANDO DEUDAS QUE LUEGO NO SON FACTIBLES DE CANCELACIÓN;
QUE CORRESPONDE APLICAR UN TRATAMIENTO ESPECÍFICO, DIFERENCIANDO LOS EDIFICIOS CUYA TITULARIDAD PERTENEZCA AL MUNICIPIO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRE HACIENDO O SE HAYA HECHO USO EN VIRTUD DE CONVENIOS CON TITULARES PARTICULARES;
QUE LA CONTADORA MUNICIPAL CONSIDERA FACTIBLE ACCEDER A LO SOLICITADO, RESPALDANDO ESTE ACCIONAR EN LAS LEYES Nº 13536 Y 14408;
QUE EL ASESOR LEGAL EMITE DICTAMEN FAVORABLE
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.-AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONDONAR LAS DEUDAS EXISTENTES POR TASAS MUNICIPALES DE LOS EDIFICIOS CUYA TITULARIDAD PERTENECE AL MUNICIPIO, DESDE EL AÑO 2001 HASTA LA CUOTA Nº 3 DEL AÑO 2011 INCLUSIVE;
ARTÍCULO 2º.-CONCÉDASE A LA DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN LA FACULTAD DE NO FACTURAR A PARTIR DE LA CUOTA Nº 4 DEL AÑO 2011 LAS TASAS QUE TENGAN AL MUNICIPIO COMO TITULAR;
ARTÍCULO 3º.-AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONDONAR LAS DEUDAS EXISTENTES POR TASAS MUNICIPALES CUYA TITULARIDAD SEA AJENA AL MUNICIPIO SIEMPRE QUE LA COMUNA HAYA HECHO O SE ENCUENTRE HACIENDO USO A TRAVÉS DE CONVENIOS DEBIDAMENTE REGISTRADOS EN EL LIBRO DE CONTRATOS MUNICIPALES HASTA LA CUOTA Nº 3 DEL AÑO 2011 INCLUSIVE Y OTÓRGUESE LA EXIMISIÓN DE LOS MISMOS POR EL RESTO DE LAS CUOTAS CORRESPONDIENTES AL CORRIENTE AÑO;
ARTÍCULO 4º.- COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-

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