Ordenanza Nro: 4340

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4340/2010.-
VISTO LAS ACTUACIONES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA «S» Nº 50/10, EN EL CUAL A FOJAS 1 OBRA LA NOTA DEL SECRETARIO DE SALUD DONDE MANIFIESTA QUE EN EL CONTEXTO DEL PROYECTO DE INFORMATIZACIÓN DEL «ENTE DESCENTRALIZADO HOSPITAL DR. ALFREDO SAINTOUT»;
CONSIDERANDO QUE SE PLANTEO COMO UNA HERRAMIENTA PARA MEJORAR DATOS ESTADÍSTICOS COMO EPIDEMIOLÓGICOS Y TAMBIÉN HACER MÁS EFECTIVA LA GESTIÓN EN EL CONTROL DE GASTOS E INSUMES;
QUE TENIENDO EN CUENTA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA EXPERIENCIA DEL HOSPITAL ITALIANO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, PARTICULARMENTE EN EL ÁREA DE BIOINFORMÁTICA Y ESTABLECER LOS CONTACTOS CON DIRECTIVOS DEL HOSPITAL;
QUE DE FOJAS 2 A 4 OBRA EL CONVENIO SUSCRIPTO OPORTUNAMENTE CON LA SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES – HOSPITAL ITALIANO DE BUENOS AIRES, REGISTRADO BAJO EL N9 16/10 DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CONVENIOS.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°: CONVALÍDESE EL CONVENIO REGISTRADO BAJO EL Nº 16/10 DEL REGISTRO MUNICIPAL DE CONVENIOS, SUSCRIPTO CON SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES – HOSPITAL ITALIANO DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 2°: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL ME DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-

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