ORDENANZA MUNICIPAL N° 4335/2010.-
VISTO LAS ACTUACIONES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA ?T? Nº 71/2010, EN EL CUAL A FOJAS 1, OBRA SOLICITUD DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES AUTISTAS, DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO PARA CONSTRUIR SU PROPIA SEDE, PARA QUE SUS HIJOS SIGAN ADELANTE CON EL TRATAMIENTO,
QUE DICHA ASOCIACIÓN PIDE GESTIONAR UNA FRACCIÓN DEL TERRENO CUYA NOMENCLATURA CATASTRAL ES CIRC. I, SECCIÓN B, QUINTA 35, PARCELA 2 A,
QUE A FOJAS 4 DEL MENCIONADO EXPEDIENTE LA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS SOLICITA OPINIÓN A LA ASESORÍA LEGAL, ACERCA DE LA POSIBILIDAD DE ENTREGAR A LA ASOCIACIÓN MENCIONADA, EN FORMA DE ?TENENCIA PRECARIA? UNA FRACCIÓN DE LA PARCELA 2 A, DE LA QUINTA 35, QUE SEGÚN ANTEPROYECTO DE MENSURA Y SUBDIVISIÓN, PUEDE CORRESPONDER A LA PARCELA 2C DE 793,68 M2 DE SUPERFICIE. ESTA TENENCIA PRECARIA SE EXTENDERÍA HASTA LA APROBACIÓN DE LOS TRÁMITES DE SUBDIVISIÓN, LUEGO DE LO CUAL EL MUNICIPIO EFECTIVIZARÍA LA DONACIÓN DE LA MISMA A ESTA INSTITUCIÓN, REALIZÁNDOSE LA ESCRITURACIÓN A TRAVÉS DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO,
QUE A FOJAS 5 EL ASESOR LEGAL DE LA COMUNA COMUNICA QUE NO EXISTEN OBJECIONES LEGALES PARA ENTREGAR A LA ASOCIACIÓN DE PADRES AUTISTAS, LA TENENCIA EN FORMA PRECARIA DE LA FRACCIÓN DE TERRENO IDENTIFICADA CATASTRALMENTE COMO CIRC. I, SECCIÓN B, QUINTA 35, PARCELA 2 A, UBICADO SOBRE CALLE DE LOS INMIGRANTES ENTRE ICASTO Y SAINTOUT, QUE CUENTA CON UNA SUPERFICIE DE 793,68 M2.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º: OTÓRGUESE LA ?TENENCIA PRECARIA? A LA ASOCIACIÓN DE PADRES AUTISTAS, DE UNA FRACCIÓN DE TERRENO DE LA PARCELA IDENTIFICADA CATASTRALMENTE COMO CIRC. I, SECCIÓN B, QUINTA 35, PARCELA 2 A, DE UNA SUPERFICIE DE 793,68 M2., UBICADA EN LA INTERSECCIÓN DE LAS CALLES ICASTO Y DE LOS INMIGRANTES, IDENTIFICADA EN EL ANTEPROYECTO DE MENSURA Y SUBDIVISIÓN OBRANTE A FOJAS 3 COMO PARCELA 2C., DEL EXPEDIENTE LETRA ?T? Nº 71/2010.
ARTICULO 2º: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL LA DONACIÓN DE LA FRACCIÓN CITADA EN EL ARTÍCULO 1º, A FAVOR DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES AUTISTAS, LA QUE SERÁ CONCRETADA EN OPORTUNIDAD DE FINALIZACIÓN DE LOS TRAMITES DE MENSURA Y SUBDIVISIÓN DE PARCELA.
ARTÍCULO 3º: LA INSTITUCIÓN BENEFICIARIA DEBERÁ DESTINAR LA FRACCIÓN DE TERRENO CITADA EN EL ARTÍCULO 1º, EN FORMA EXCLUSIVA A LA CONSTRUCCIÓN DE SU SEDE Y/O RESIDENCIA PARA SUS HIJOS.
ARTICULO 4º: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.-
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