ORDENANZA MUNICIPAL N° 4198/2009.-
VISTO QUE EN LA SESIÓN DEL 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009, SE SANCIONO LAORDENANZA MUNICIPAL N° 4173/2009 QUE MODIFICO LOS VALORES DE LA TASA POR CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA RED VIAL MUNICIPAL DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE, Y
CONSIDERANDO QUE EXISTE LEGISLACIÓN REFERENTE AL TEMA DE FIJACIÓN DE VALORES EN LA CUAL NO SE PERMITE QUE LOS VALORES DE LAS CUOTAS SEAN ESTABLECIDOS CON COMPONENTES QUE NO ESTÉN REFLEJADOS EN PESOS, NI TAMPOCO SE PERMITE CLÁUSULA DE AJUSTE AUTOMÁTICO.
QUE AMBOS BLOQUES DE ESTE CUERPO HAN CONSENSUADO LA MODIFICACIÓN DE LA MISMA
QUE PARA ELLO SE HA INFORMADO A LA COMISIÓN VIAL DE LA MODIFICACIÓN PROPUESTA, CONTANDO CON EL AVAL DE LA MISMA.
QUE DE ESTA MANERA, SI BIEN NO SE MODIFICAN LOS VALORES ACTUALES, SE ADECUARA LA ORDENANZA AL RÉGIMEN LEGAL VIGENTE.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1º: MODIFICASE EL ARTÍCULO 38º DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE, EL CUAL QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
ARTICULO 38º
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DE ACUERDO A LAS NORMAS DE LA ORDENANZA FISCAL ESTA TASA SE PAGARA EN SEIS (6) CUOTAS BIMESTRALES CADA UNA DE :
LAS PRIMERAS 100 HECTÁREAS. POR HA. ???????. PESOS 1,75
RESTO POR HA.????????????????????. PESOS 1,92
LAS FRACCIONES DE HASTA UNA (1) HECTÁREA DE SUPERFICIE, NO PAGARAN ESTA TASA.
AUTORIZASE AL D.E. A UNIFICAR EN SOLO DOS FACTURACIONES SEMESTRALES, LAS LIQUIDACIONES CORRESPONDIENTES A EXTENSIONES DE HASTA DIEZ (10) HECTÁREAS DE SUPERFICIE, CUYO VENCIMIENTO OPERARA CONJUNTAMENTE CON LOS CORRESPONDIENTES A LA SEGUNDA (Nº01) Y QUINTA (Nº04) CUOTA BIMESTRAL.
REBAJA.
EL D.E. PODRÁ DISPONER PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE NO REGISTREN DEUDAS, UN DESCUENTO DE HASTA EL 20 %.
FIJASE UN PORCENTAJE ADICIONAL DEL DOS (2%) POR CIENTO EN LA TASA POR CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MEJORADO DE LA RED VIAL MUNICIPAL, QUE SE DESTINARA,- CON CARÁCTER DE FONDOS AFECTADOS-, AL SOSTENIMIENTO Y FINANCIACIÓN DEL SISTEMA DE ESCUELAS DE CONCENTRACIÓN Y FUSIÓN, CONTRIBUYENDO A CUBRIR EL PORCENTAJE DE GASTOS QUE NO CUBREN LOS CONVENIOS VIGENTES CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. ESTA ALÍCUOTA DEL DOS (2%) POR CIENTO PODRÁ SER DISMINUIDA POR EL D.E., REDUCIÉNDOLA O INCLUSIVE, ANULÁNDOLA, EN FUNCIÓN DEL AUMENTO DEL PORCENTAJE DE GASTOS QUE PUDIERAN CONVENIRSE EN FUTUROS CONVENIOS CON LA PROVINCIA DE BS. AS. SOBRE EL SISTEMA DE ESCUELAS DE CONCENTRACIÓN Y FUSIÓN.-
ARTICULO 2º: DEROGUESE LAORDENANZA MUNICIPAL N° 4173/2009 QUE MODIFICO LOS VALORES DE LA TASA POR CONSERVACIÓN, REPARACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA RED VIAL DE LA ORDENANZA IMPOSITIVA VIGENTE
ARTICULO 3º: LA PRESENTE ORDENANZA TENDRÁ VALIDEZ A PARTIR DE LA PROMULGACIÓN DE LA MISMA.-
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DE MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-
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