Ordenanza Nro: 4166

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4166/2009.-
VISTO QUE POR DECRETO Nº 699/09 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO SE OTORGA A TODOS LOS EMPLEADOS MUNICIPALES, UNA SUMA FIJA REMUNERATIVA, NO BONIFICABLE PARA TODAS LAS CATEGORÍAS DEL PERSONAL, DENOMINADO ?COMPLEMENTO SUELDO BÁSICO? SUJETA A LAS RETENCIONES Y APORTES PREVISIONALES DE I.P.S. Y I.O.M.A.; Y
CONSIDERANDO QUE POR DECRETO DEL H.C.D. Nº 18/2009, ESTE HONORABLE CUERPO SE ADHIERE AL DECRETO MENCIONADO PRECEDENTEMENTE.-
QUE RESULTA NECESARIO REALIZAR EL ACTO ADMINISTRATIVO PERTINENTE PARA QUE PERCIBA DICHO AUMENTO EL SECRETARIO DEL H.C.D., CON EL SIGUIENTE ARTICULADO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS FACULTADES:
O R D E N A
ARTICULO 1º: BAJO EL CONCEPTO Y DENOMINACIÓN DE ?COMPLEMENTO SUELDO BÁSICO?, LIQUÍDESE AL SECRETARIO DEL H.C.D. A PARTIR DE LOS HABERES CORRESPONDIENTES AL MES DE AGOSTO DE 2009 Y RETROACTIVO AL 1º DE JULIO DE 2009, UNA SUMA FIJA DE $ 450,00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA) REMUNERATIVA, NO BONIFICABLE, LA CUAL ESTARÁ SUJETA A RETENCIONES Y APORTES PREVISIONALES. EL SUELDO BÁSICO SERÁ LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 3º DE LAORDENANZA MUNICIPAL N° 4126/2009.-

ARTICULO 2º: BAJO EL CONCEPTO Y DENOMINACIÓN DE ?COMPLEMENTO SUELDO BÁSICO?, LIQUÍDESE AL SECRETARIO DEL H.C.D. A PARTIR DEL 1º DE SEPTIEMBRE DE 2009 , UNA SUMA FIJA DE $ 600,00 (PESOS SEISCIENTOS) REMUNERATIVA, NO BONIFICABLE, LA CUAL ESTARÁ SUJETA A RETENCIONES Y APORTES PREVISIONALES.- EL SUELDO BÁSICO SERÁ LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 3º DE LAORDENANZA MUNICIPAL N° 4126/2009.-
ARTICULO 3º: LA IMPUTACIÓN CONTABLE DEL CONCEPTO ?COMPLEMENTO SUELDO BÁSICO? DEBERÁ EFECTUARSE A LA CATEGORÍA PROGRAMÁTICA Y JURISDICCIÓN DONDE SE IMPUTAN LOS CORRESPONDIENTES SUELDOS BÁSICOS.-
ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO Y REMÍTASE COPIA DE LA PRESENTE ORDENANZA A LA DELEGADA PREVISIONAL MUNICIPAL, PARA SU POSTERIOR ELEVACIÓN EN TIEMPO Y FORMA AL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONOIRABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

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