Ordenanza Nro: 4128

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4128/2009.-
VISTO QUE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, EJERCE LA COMPETENCIA QUE LE ACUERDA EL ARTÍCULO 4º INC. D) DE LA LEY PROVINCIAL 10830 PARA REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE ?INTERÉS SOCIAL?,
CONSIDERANDO QUE EL OBJETIVO DE LA MISMA ES POSIBILITAR LA CESIÓN DE INMUEBLES ENTRE PARTICULARES, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE LA MISMA LEGISLA,
QUE CUMPLIDOS ESTOS A TRAVÉS DE LAS ÁREAS PERTINENTES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, ES NECESARIO OTORGAR A LOS BENEFICIARIOS LA SEGURIDAD JURÍDICA QUE IMPLICA LA TITULARIDAD DEL DOMINIO SOBRE LOS BIENES MENCIONADOS.-
EL HONMORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRESE DE INTERÉS SOCIAL, LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, A EFECTOS DE PROCEDER A LA ESCRITURACIÓN DE LOS INMUEBLES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
ENTRE PARTICULARES:
EXPTE. ?T? 57/09
DATOS CATASTRALES: CIRC. I ? SECC. B ? QTA. 24-MZA. 24 C – PARCELA 18 ?
PARTIDA DE RENTAS: 053-12509
BENFICIARIO: LUCERO JUAN EDUARDO
D.N.I. Nº 5367870 C.U.I.L.: 20-05367870-0
EXPTE. ?T? 37/09
DATOS CATASTRALES: CIRC. II ? SECC. B ? QTA. 3 -MZA. 3 A – PARCELA 8 ?
PARTIDA DE RENTAS: 053-015198-0
BENFICIARIO: HUINCA OSCAR ALFREDO
D.N.I. Nº 24196975 C.U.I.L.: 20-24196975-5
EXPTE. ?T? 58/09
DATOS CATASTRALES: CIRC. I ? SECC. B ? QTA. 4 -MZA. 4 C – PARCELA 26 ?
PARTIDA DE RENTAS: 053-10247
BENFICIARIO: BRELIS RUBEN ANIBAL
D.N.I. Nº 20331731 C.U.I.L.: 20-20331731-0
ARTÍCULO 2º.-LA PRESENTE DECLARACIÓN SE FUNDAMENTE EN LOS ANTECEDENTES OBRANTES EN EL RESPECTIVO EXPEDIENTE QUE SE CITA EN EL ARTÍCULO 1º.-
ARTÍCULO 3º.-AUTORÍZASE AL D.E. A CONDONAR LAS DEUDAS HASTA LA FECHA DE ESCRITURACIÓN, QUE POR GRAVÁMENES MUNICIPALES PUEDAN AFECTAR EL INMUEBLE QUE SE CITA EN EL ART. 1º.-
ARTÍCULO 4º.-ELÉVESE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.-
ARTÍCULO 5º.-COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL NUEVE.-

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