Ordenanza Nro: 4046

ORDENANZA MUNICIPAL N° 4046/2008.-
VISTO QUE POR DECRETO Nº 46 DE 2002 SE DETERMINÓ QUE LOS AGENTES MUNICIPALES DE PLANTA PERMANENTE QUE SEAN DESIGNADOS COMO FUNCIONARIOS EN CARGOS POLÍTICOS SIN ESTABILIDAD GOZARÁN ÚNICAMENTE DE LAS BONIFICACIONES POR TÍTULO Y ANTIGÜEDAD Y QUE ESTA ÚLTIMA LIQUIDADA AL 1% POR AÑO COMPUTABLE.
QUE LAS RAZONES QUE FUNDARON ESA DETERMINACIÓN ERA LA DIFERENCIA SALARIAL QUE PROVOCABA CON OTROS FUNCIONARIOS DEL MISMO NIVEL DE RESPONSABILIDAD O JERARQUÍA.
QUE LA DETERMINACIÓN DEL PORCENTAJE POR ANTIGÜEDAD LUEGO SE FUE FIJANDO EN LAS CORRESPONDIENTES ORDENANZAS COMPLEMENTARIAS DE PRESUPUESTO DE LOS AÑOS SUBSIGUIENTES, COMO EN LA QUE RIGE ACTUALMENTE.
CONSIDERANDO QUE CUANDO SE DESIGNA A UN AGENTE DE PLANTA PERMANENTE EN UNA FUNCIÓN POLÍTICA SE DEBE FUNDAMENTALMENTE A QUE SE VALORA SU CONOCIMIENTO EN EL ÁREA RESPECTIVA, Y QUE ESTE RECONOCIMIENTO, EN VIRTUD DE LOS VALORES QUE HOY RIGEN PARA SU ANTIGÜEDAD, LE OCASIONAN UNA PÉRDIDA DE DERECHOS ADQUIRIDOS, LOS CUALES SE CONTRAPONEN CON LA DECISIÓN DE CONVOCARLO AL CUMPLIMIENTO DE LAS NUEVAS FUNCIONES.
ENTENDIENDO QUE ES NECESARIO MODIFICAR EL ARTÍCULO Nº 7 DE LA ORDENANZA COMPLEMENTARIA PRESUPUESTO 2008 Nº 4008/2007.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1º.- MODIFÍQUESE EL ARTÍCULO 7º DE LA ORDENANZA Nº 4008/2007, EL QUE QUEDARÁ REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA
?ARTÍCULO 7º: EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE EN LAS FUNCIONES MENCIONADAS EN EL ARTÍCULO 3º GOZARÁ DE UNA BONIFICACIÓN POR ANTIGÜEDAD DEL UNO POR CIENTO (1%) DE LA REMUNERACIÓN BÁSICA POR MES, POR CADA AÑO DE SERVICIO PRESTADO EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, PROVINCIAL Y/O MUNICIPAL. AL AGENTE PROVENIENTE DE LA PLANTA PERMANENTE SE LIQUIDARÁ SU ANTIGÜEDAD SEGÚN ARTÍCULO 19 INCISO B) DE LA LEY 11757. AL AGENTE JUBILADO VUELTO AL SERVICIO, NO SE LE COMPUTARÁN A ESTOS EFECTOS, LOS AÑOS QUE HUBIERA APORTADO PARA LA OBTENCIÓN DEL BENEFICIO?.-
ARTÍCULO 2º.-COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL OCHO.-

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