Ordenanza Nro: 3970

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3970/2007.-
VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?H? N° 21/2007, EN EL CUAL DE FOJAS 1 A 10 EL DEPARTAMENTO PATRIMONIO MUNICIPAL INFORMA VEHÍCULOS Y ELEMENTOS DE REZAGOS QUE SE ENCUENTRAN EN DESUSO DEBIDO A SU DESGASTE Y QUE SE VENDERÁN MEDIANTE LA REALIZACIÓN DE UN REMATE PUBLICO

QUE A FOJAS 11, 12 Y 13 OBRA DESPACHO FAVORABLE DEL SECRETARIO DE HACIENDA, COMO ASÍ TAMBIÉN DEL JEFE DE COMPRAS (FJS. 14) Y LA CONTADORA MUNICIPAL (FJS. 15)
QUE DE ACUERDO A LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULO 158 DE LA L.O.M. Y EL ARTICULO 195 DEL REGLAMENTO DE CONTABILIDAD, LAS ENAJENACIONES DE PATRIMONIO MUNICIPAL DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:

O R D E N A

ARTÍCULO 1°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A REALIZAR EL REMATE DE LOS VEHÍCULOS Y ELEMENTOS DE REZAGOS QUE SE DETALLAN DE FOJAS 1 A 10 DEL EXPEDIENTE LETRA ?H? Nº 21/2007, SUSCRIPTO POR LA JEFA DEL DEPARTAMENTO PATRIMONIO MUNICIPAL, CON EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBSERVACIONES EFECTUADAS POR EL SECRETARIO DE HACIENDA, EL JEFE DE COMPRAS Y LA CONTADORA MUNICIPAL A FOJAS PRECEDENTES. A ESTOS EFECTOS DEBERÁ TOMARSE COMO VALOR MÍNIMO O ?VALOR BASE DE VENTA?, LA TASACIÓN QUE PARA CADA UNO DE ELLOS EFECTÚE RESPECTIVAMENTE EL MARTILLERO PÚBLICO DESIGNADO O LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SEGÚN CORRESPONDA.-
ARTÍCULO 2°: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.-

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