ORDENANZA MUNICIPAL N° 3915/2007.-
VISTO QUE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, EJERCE LA COMPETENCIA QUE LE ACUERDA EL ARTICULO 4° INC. D) DE LA LEY PROVINCIAL 10830 PARA REGULARIZACIÓN DOMINIAL DE ?INTERÉS SOCIAL?.
CONSIDERANDO QUE EL OBJETIVO DE LA MISMA ES POSIBILITAR LA CESIÓN DE INMUEBLES ENTRE PARTICULARES, PREVIO CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS QUE LA MISMA LEGISLA, Y
QUE CUMPLIDOS ESTOS A TRAVÉS DE LAS ÁREAS PERTINENTES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, ES NECESARIO OTORGAR A LOS BENEFICIARIOS LA SEGURIDAD JURÍDICA QUE IMPLICA LA TITULARIDAD DEL DOMINIO SOBRE LOS BIENES MENCIONADOS.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: DECLÁRESE DE INTERÉS SOCIAL, LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO, A EFECTOS DE PROCEDER LA ESCRITURACIÓN DE LOS INMUEBLES QUE A CONTINUACIÓN SE DETALLAN:
ENTRE PARTICULARES
EXPTE.: ?T? 48/07
DATOS CATASTRALES: CIRC.á: I SECC.: D QTA.: 193 MZA.: 193 L PARCELA: 13
PARTIDA DE RENTAS: 6475
BENEFICIARIO: DIAZ MARCOS ALFREDO DNI: 21524711 CUIL: 20-21524711-3
EXPTE.: ?T? 50/07
DATOS CATASTRALES: CIRC.: II SECC.: D MZA.: 35 PARCELA: 17
PARTIDA DE RENTAS: 11009
BENEFICIARIO: GONZALEZ JAVIER ALEJANDRO DNI: 25095007 CUIL: 20?25095007-2
EXPTE.: ?T? 51/07
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: B QTA.: 65 MZA.: 65 D PARCELA: 6
PARTIDA DE RENTAS: 11884
BENEFICIARIO: MORADE JUAN RAMON DNI: 17457155 CUIL: 20-17457155-5
EXPTE.: ?T? 52/07
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: B QUINTA: 20 MZA.: 20 D PARCELA: 9 A
PARTIDA DE RENTAS: 10843
BENEFICIARIO: TONDI ALEJANDRO DNI: 25548785 CUIL: 20-25548785?0
EXPTE.: ?T? 63/07
DATOS CATASTRALES: CIRC.: I SECC.: B QUINTA: 22 MZA.: 22 D PARCELA: 15
PARTIDA DE RENTAS: 12433
BENEFICIARIO: CARLOS NESTOR GARAY DNI: 14626496 CUIL: 20 ? 14626496-5
ARTÍCULO 2°: LA PRESENTE DECLARACIÓN SE FUNDAMENTA EN LOS ANTECEDENTES OBRANTES EN LOS RESPECTIVOS EXPEDIENTES QUE SE CITAN EN EL ARTÍCULO 1°.-
ARTÍCULO 3°: AUTORÍZASE AL D.E. A CONDONAR LAS DEUDAS HASTA LA FECHA DE ESCRITURACIÓN, QUE POR GRAVÁMENES MUNICIPALES PUEDAN AFECTAR LOS INMUEBLES QUE SE CITAN EN EL ARTICULO 1°-
ARTÍCULO 4°: ELÉVASE LA PRESENTE ORDENANZA A LA ESCRIBANÍA GENERAL DE GOBIERNO.-
ARTÍCULO 5°: COMUNIQUESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO .-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL SIETE.-
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