Ordenanza Nro: 3624

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3624/2005.-
VISTO LO ACTUADO EN EXPEDIENTE ?S? Nº 34/2005 POR EL CUAL EL SR. DARIO SOLIS SOLICITA LA HABILITACION DEL COMERCIO DE SU PROPIEDAD DEDICADO A TALLER DE ESCAPES UBICADO EN LA AVENIDA SANTANA ZABALZA Nº 223, DE NUESTRA CIUDAD.
QUE A FOJAS 14 EL SECRETARIO DE GOBIERNO SUGIERE LA ELEVACION DEL PRESENTE EXPEDIENTE AL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A AEFECTOS DE CONSIDERAR LA HABILITACION DEL TALLER DE ESCAPES Y. QUE RESULTA NECESARIO LA AUTORIZACION DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, PARA LA HABILITACION DEL MENCIONADO TALLER.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: AUTORIZASE LA INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO PRO EL TERMINO DE CINCO (5) AÑOS A PARTIR DE LA PROMULGACION DE LA PRESENTE ORDENANZA DEL COMERCIO PROPIEDAD DEL SR. DARIO SOLIS UBICADO EN LA AVENIDA SANTANA ZABALZA Nº 223 DE ESTA CIUDAD Y DEDICADO AL RUBRO ?TALLER DE CAÑOS DE ESCAPES
ARTÍCULO 2°: LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 1º NO LIBERA AL COMERCIANTE DEL CUMPLIMIENTO DE LA TOTALIDAD DE LOS REQQUISITOS NECESARIOS PARA OBTENER SU CORRESPONDIENTE HABILITACIÓN MUNICIPAL.
ARTÍCULO 3°: DE FORMA
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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