Ordenanza Nro: 3618

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3618/2005.-

VISTO QUE ES NECESARIO LA DONACIÓN DE LAS TIERRAS DONDE SE CONSTRUYERON CASAS CORRESPONDIENTES AL PLAN SOLIDARIDAD, EN LA LOCALIDAD DE TEDIN URIBURU (?BARRIO RUCATUN?) IDENTIFICADAS CATASTRALMENTE COMO: CIRC.: VI ? SECC.: A ? MANZANA: 16 ? PARCELAS: 31, 32, 33, 34.
QUE A FOJAS 26 OBRA DESPACHO DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO SOLICITANDO ELEVAR EL PRESENTE EXPEDIENTE A LOS EFECTOS DE QUE ESE HONORABLE CUERPO AUTORICE AL D.E. LA DONACIÓN DE LAS TIERRAS ARRIBA CITADAS AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, Y
QUE REALIZADA ESTA OPERACIÓN SE PODRÁN GESTIONAR LAS RESPECTIVAS ESCRITURAS A FAVOR DE LOS ADJUDICATARIOS.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°: AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A DONAR AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES LAS TIERRAS IDENTIFICADAS CATASTRALMENTE COMO: CIRC.: VI ? SECC.: A ? MANZANA: 16 ? PARCELAS: 31, 32, 33, 34. DONDE SE ASIENTAN LAS VIVIENDAS DEL PLAN SOLIDARIDAD (?BARRIO RUCATUN?), EN LA LOCALIDAD DE TEDIN URIBURU, SEGÚN LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA ?T? Nº 14/02.-

ARTÍCULO 2°: SECRETARIA DE GOBIERNO A TRAVÉS DE LA OFICINA DE TIERRAS DEBERÁ REALIZAR TODAS LAS ACTUACIONES TENDIENTES A LA ESCRITURACIÓN DE LOS LOTES DONADOS POR EL ARTÍCULO 1º, A FAVOR DE LOS ADJUDICATARIOS DE LAS VIVIENDAS CONSTRUIDAS A TRAVÉS DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-
ARTÍCULO 3°: DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.-

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