ORDENANZA MUNICIPAL N° 3606/2005.-
VISTO LO SOLICITADO POR EL SEÑOR ABEL GALLINAL POR NOTA OBRANTE A FOJAS 1 Y 2 DEL EXPEDIENTE LETRA ?O? N° 22/05, Y EL CROQUIS DE ?AMPLIACIÓN DE DEPÓSITO? EN OBRA A REALIZAR EN SU PROPIEDAD SITA EN LA AVENIDA SALENAVE 232 DE ESTA CIUDAD,
CONSIDERANDO EL INFORME TÉCNICO DE FOJAS 5 FORMULADO POR LA JEFA DEL DPTO. DE OBRAS PARTICULARES DONDE HACE CONSTAR QUE, EN LAS ACTUALES CONDICIONES, LO SOLICITADO INCUMPLE LO ESTABLECIDO POR LA OZA. 1081/81 SOBRE EL ?CENTRO LIBRE DE MANZANA? Y TAMBIEN LA LEY 8912/77 ?FACTOR DE OCUPACIÓN DEL SUELO?, SUGIRIENDO QUE POR ESTE ULTIMO TEMA, SE EXIJA LA UNIFICACIÓN DE LA PARCELA QUE PROPONE EL SOLICITANTE,
QUE SEGÚN EXPONE EL SECRETARIO DE GOBIERNO A FOJAS 6, EXISTEN SUFICIENTES ANTECEDENTES DE LA PERTINENTE CONCESIÓN DE LA EXCEPCION AL CODIGO DE EDIFICACIÓN ESTABLECIDO POR ORDENANZA 1081 EN CASOS QUE COMO EL PRESENTE, ESTAN DEBIDAMENTE JUSTIFICADS, PROPONIENDO SE IMPULSE SU OTORGAMIENTO POR ANTE EL H.C.D. Y
QUE A SU VEZ, Y EN COINCIDENCIA CON EL INFORME TÉCNICO PROPONE QUE A EFECTOS DE NO INCUMPLIR LO DISPUESTO POR LA LEY PROVINCIAL 8912, SE CONDICIONE LA DEBIDA AUTORIZACIÓN DE OBRA POR PARTE DE LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES, A QUE ÉSTA COMPRUEBE QUE EL SOLICITANTE HA INICIADO EL TRÁMITE DE UNIFICACIÓN DE PARCELAS PROPUESTO,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- CONCÉDESE LA EXCPECION AL CÓDIGO DE EDIFICACIÓN VIGENTE PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN GALPÓN DEPÓSITO EN EL PREDIO DEL COMERCIO SITO EN AVENIDA SALENAVE 232 PROPIEDAD DEL SR. ABEL GALLINAL, DE ACUERDO A CROQUIS Y ANTECEDENTES EXISTENTES EN EL EXPEDIENTE LETRA ?O? N° 22/05.-
ARTICULO 2°.- LA EXCEPCION DEL ARTICULO ANTERIOR Y LA PERTINENTE AUTORIZACIÓN DE OBRA QUEDARÁ CONDICIONADA A LA OFICINA DE OBRAS PARTICULARES MUNICIPAL VERIFIQUE Y CONSTATE QUE SE HAN INICIADO FEHACIENTEMENTE LOS TRAMITES DE UNIFICACIÓN DE PARCELAS PROPUESTOS POR EL SOLICITANTE EN SU PRESENTACIÓN DE FOJAS 10 DEL YA CITADO EXPEDIENTE, DE MANERA TAL DE QUE SE GARANTICE EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LA LEY PROVINCIAL 8912/77 CON RESPECTO AL FACTOR DE OCUPACIÓN DEL SUELO.-
ARTICULO 3°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CINCO.-
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