ORDENANZA MUNICIPAL N° 3557/2004.-
VISTO QUE HAN RESULTADO FAVORABLEMENTE ACOGIDOS LAS GESTIONES REALIZADAS ANTE LA EMPRESA LOMA NEGRA CIASA PARA CONCRETAR LA ADQUISICIÓN DE DIVERSOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA MISMA EN LA LOCALIDAD DE VILLA CACIQUE, LOS QUE SE DETALLAN A FOJAS 13 DEL EXPEDIENTE LETRA ?G? N° 37/2004-10-12
QUE TAL COMO SE ESPECIFICA EN LA COPIA DE LA NOTA CURSADA A LA MENCIONADA EMPRESA OBRANTE A FOJAS 1, LA COMPRA DE ESTOS INMUEBLES SE CONCRETARIAN AL SOLO Y UNICO EFECTO DE INCLUIR DICHOS BIENES EN EL PLAN DE DESARROLLO TURÍSTICO DE ESA LOCALIDAD,
QUE LA CONCRECIÓN DE LO SOLICITADO POSIBILITARIA QUE EL MUNICIPIO PUEDA BRINDAR A PARTICULARES INTERESADOS, LUGARES DE RADICACIÓN PARA EMPRENDIMIENTOS TURÍSTICOS A PRECIOS PROMOCIONALES, AUMENTANDO SIGNIFICATIVAMENTE LAS POSIBILIDADES DE CRECIMIENTO DE ESA ACTIVIDAD GENERADORA DE RIQUEZAS Y FUENTE DE TRABAJO Y
QUE FINALMENTE RESULTA CONDUCENTE AUTORIZAR AL D.E. PARA QUE CULMINE ESTAS NEGOCIACIONES, CONCRETANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS INMUEBLES EN CUESTIÓN.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- CONVALÍDENSE LAS ACTUACIONES REALIZADAS HASTA LA FECHA CON LA EMPRESA LOMA NEGRA CIASA TENDIENTES A LA ADQUISICIÓN POR PARTE DEL MUNICIPIO DE DISTINTOS INMUEBLES PROPIEDAD DE LA CITADA EMPRESA QUE, SEGÚN CONSTANCIAS DEL EXPEDIENTE LETRA ?G? N° 37/04, SE DESTINARAN A LA PROMOCION TURÍSTICA DE BARKER Y SUS VILLAS.-
ARTICULO 2°.- AUTORIZASE AL SR. INTENDENTE MUNICIPAL PARA SUSCRIBIR BOLETO DE COMPRA VENTA O DOCUMENTO EQUIVALENTE CON LA EMPRESA LOMA NEGRA CIASA Y OPORTUNAMENTE, LAS PERTINENTES ESCRITURAS TRASLATIVAS DE DOMINIO DE LOS INMUEBLES QUE SE REFIEREN LAS ACTUACIONES DEL EXPEDIENTE LETRA ?G? N° 37/04.-
ARTICULO 3°.- CONTADURÍA MUNICIPAL AFECTARA LOS FONDOS NECESARIOS PARA HACER FRENTE A LAS EROGACIONES QUE DEMANDE EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESENTE, AUTORIZÁNDOSE A LA MISMA, A EFECTUAR LAS COMPENSACIONES DE PARTIDAS QUE PUDIEREN RESULTAR NECESARIAS.-
ARTICULO 4°.- SIN PERJUICIO DE LA PERTINENTE AUTORIZACIÓN DE VENTA ANTE ESTE H.C.D. EL D.E., DEBERA REGLAMENTAR LA ENAJENACIÓN DE LOS BIENES QUE SE ADQUIERAN MEDIANTE LA PRESENTE ORDENANZA, DE MANERA TAL DE GARANTIZAR SU EXCLUSIVA AFECTACIÓN A LA RADICACIÓN DE PROYECTOS DE DESARROLLO TURÍSTICO PARA BARKER Y VILLA CACIQUE.-
ARTICULO 5°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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