ORDENANZA MUNICIPAL N° 3540/2004.-
VISTO LO SOLICITADO POR EL SR. SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS EN CUANTO A LA PERTINENTE AUTORIZACIÓN AL D.E. PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS NECESARIAS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA 3° ETAPA DE LA RUTA 80,
CONSIDERANDO QUE TAL AUTORIZACIÓN ES REQUERIDA POR LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD A FOJAS 1 DEL EXPEDIENTE LETRA ?D? N° 52/04, DONDE ADEMÁS OBRAN LA TOTALIDAD DE LOS ANTECEDENTES TÉCNICOS DE LA OBRA EN CUESTIÓN Y
QUE FINALMENTE, A FOJAS 41 DEL CITADO EXPEDIENTE CONSTA QUE ESE H. CUERPO AUTORIZÓ LA REALIZACIÓN DE LA 2° ETAPA DE ESTA MISMA OBRA,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y :
O R D E N A
ARTÍCULO 1°: AUTORÍZASE AL D.E. A REALIZAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA PROVISIÓN DE MATERIALES, MANO DE OBRA, HERRAMIENTAS Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA 3° ETAPA DEL PAVIMENTO EN LA RUTA PROVINCIAL N° 80, DE ACUERDO A LAS ACTUACIONES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA ?D? N° 52/2004.
ARTÍCULO 2°: DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-
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