Ordenanza Nro: 3536

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3536/2004.-
VISTO QUE A FOJAS 1 DEL EXPEDIENTE LETRA ?A? N° 39/2004, OBRA NOTA DEL SR. EMILIO ARRIMONDI PIERI (H), SOLICITANDO LA COMPRA DE UNA CALLE CERRADA UBICADA ENTRE LAS CHACRAS 265 PARCELA 1, 265 PARCELA 2 Y 266. QUE A FOJAS 1 VTA., 2 Y 7, OBRA DOCUMENTACIÓN INFORMANDO UBICACIÓN, COMO ASÍ TAMBIÉN SUPERFICIE, Y TASACIÓN OFICIAL DE LA CALLE CERRADA.
QUE A FOJAS 9 OBRA DESPACHO DEL JEFE DE COMPRAS SUGIRIENDO VENDER EN FORMA DIRECTA (POR SER ÚNICO LINDERO), LA FRACCIÓN DE CALLE DELIMITADA ENTRE LAS CHACRAS 266 Y 265 PARCELA 2 Y MEDIANTE LICITACIÓN PRIVADA, DADO EL INTERÉS DE LOS DOS (2) LINDEROS, LA FRACCIÓN DE CALLE DELIMITADA ENTRE LAS CHACRAS 265 PARCELA 1, Y 266,
Y QUE SE ENTIENDE PROCEDENTE SOLICITAR LA PERTINENTE AUTORIZACIÓN AL H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°: AUTORIZASE AL D.E. A VENDER LA CALLE CERRADA UBICADA ENTRE LAS CHACRAS 265 PARCELA 1 Y 2 Y LA CHACRA 266, EN UN TODO DE ACUERDO A LOS ANTECEDENTES DEL EXPEDIENTE ?A? N° 39/2004, Y CONFORME A LO PRESCRIPTO EN LA LEY 9533/80.-
ARTICULO 2°: LA ESCRITURA TRASLATIVA DEL DOMINIO SE REALIZARA ANTE ESCRIBANÍA DE ESTA CIUDAD QUE EL COMPRADOR SEÑALE Y LOS GASTOS DE ESCRITURACION SERÁ A CARGO EXCLUSIVO DEL COMPRADOR, DEJÁNDOSE CONSTANCIA QUE LA POSESIÓN REAL Y EFECTIVA DEL INMUEBLE SE OTORGARÁ EN EL MOMENTO DE LA ESCRITURACION.-
ARTICULO 3°: DE CONCRETARSE LA OPERACIÓN DETALLADA PRECEDENTEMENTE QUEDARÁN DESAFECTADAS DEL USO PUBLICO DICHAS CALLES CERRADAS.-
ARTICULO 4°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISÉIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CUATRO.-

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