Ordenanza Nro. 35

ORDENANZA MUNICIPAL N° 35

ARTÍCULO 1°.- DECLARESE DE UTILIDAD PÚBLICA LA PAVIMENTACIÓN DE TODAS LA CUADRAS DE LA ZONA URBANA DE LA CIUDAD DE JUÁREZ COMPRENDIDAS ENTRE LAS CALLES CARLOS PELLEGRINI Y REPÚBLICA Y AVENIDA LOS ANDES Y CENTENARIO QUE SE ENCUENTRAN SIN PAVIMENTAR.

ARTÍCULO 2°.- RESUELVESE EL ACOGIMIENTO DE LA MUNICIPALIDAD A LOS TÉRMINOS DE LA LEY N° 5139, PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO ANTERIOR, COMO TAMBIÉN PARA LOS TRABAJOS DE RECONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTOS, VEREDAS Y OBRAS COMPLEMENTARIAS, EN LOS CASOS NECESARIOS.

ARTÍCULO 3°.- FACULTASE AL D. EJECUTIVO PARA QUE SE PROCEDA A LA CONFECCIÓN DE UN PLAN ORGÁNICO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS MENCIONADAS.

ARTÍCULO 4°.- A LOS EFECTOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 5139, SE ESTABLECE QUE EL PRORRATEO DEL COSTO DE LAS OBRAS SE HARÁ POR FRENTES.

ARTÍCULO 5°.- COMUNÍQUESE AL D. EJECUTIVO, ETC., ETC.

 

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