ORDENANZA MUNICIPAL N° 3428/2003.-
VISTO EL EXPEDIENTE LETRA ?C? N° 80/01 INICIADO POR NOTA DE LA FIRMA CARUSSI HERMANOS DONDE OPORTUNAMENTE SOLICITARON LA COMPRA DE LAS CALLES CERRADAS DEMARCADAS EN EL PLANO QUE EN ESA OCASIÓN ADJUNTARON,
ATENTO A QUE EN LOS DISTINTOS DESPACHOS Y ANTECEDENTES AGREGADOS DESDE FOJAS 3 A FOJAS 43 ?AMBAS INCLUSIVE- SE HAN CUMPLIMENTADO TODAS LAS ACTUACIONES NECESARIAS PARA ENCUADRAR LEGALMENTE LA OPERACIÓN DE COMPRA-VENTA DENTRO DE LAS NORMATIVAS VIGENTES, – ART. 159 DE LA L.O.M.,
QUE POR RESOLUCIÓN 113/02, DICTADA ?AD REFERÉNDUM? DE LA PERTINETE AUTORIZACIÓN DE VENTA POR PARTE DEL H.C.D., SE ACEPTO QUE UN CREDITO QUE LA CITADA FIRMA POSEIA POR VENTAS DE HACIENDAS EFECTUADAS A ABASTOS MUNICIPALES PUDIERE AFECTARSE COMO ?PAGO A CUENTA? DE ESTA OPERACIÓN, CUYO IMPORTE DEFINITIVO SURGIRIA DE LA PERTINENTE MENSURA A REALIZAR Y SOBRE LA BASE DE UN VALOR DE PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($ 1300,00) POR HECTÁREA, Y
QUE A FOJAS 144 LOS SEÑORES CARUSSI HERMANOS SOLICITAN SE ACTIVE ESTA TRAMITACIÓN, MANIFESTANDO SU CONFORMIDAD CON EL VALOR DETERMINADO, Y OFRECIENDO CANCELAR A LA ESCRITURACION EL SALDO DE PRECIO QUE SE DETERMINE SEGÚN LA MENSURA PERTINENTE,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- EN CONCORDANCIA CON LO DESPACHADO POR EL SUBSECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS A FOJAS 26 DEL EXPEDIENTE LETRA ?C? N° 80/01, DESAFECTESE DEL USO PUBLICO LAS CALLES CERRADAS DEMARCADAS EN EL PLANO QUE OBRA AGREGADO A FOJAS 5 DEL CITADO EXPEDIENTE, CON NA SUPERFICIE TOTAL APROXIMADA DE QUINCE (15) HECTÁREAS SEGÚN INFORMA EL AGRIMENSOR MUNICIPAL A FOJAS 12, Y CUYA SUPERFICIE DEFINITIVA SURGIRA DE LA CORRESPONDIENTE MENSURA.-
ARTICULO 2.- AUTORIZASE AL D.E. A REALIZAR LA VENTA DE LAS CALLES CERRADAS CITADAS EN EL ARTICULO 1°, A LA RAZON SOCIAL ?CARUSSI HERMANOS? EN UN TODO DE ACUERDO A LAS ACTUACIONES Y ANTECEDENTES OBRANTES EN EL EXPEDIENTE LETRA ?C? N° 80/01, SOBRE LA BASE DE UN VALOR DE PESOS UN MIL TRESCIENTOS ($ 1300,00) POR HECTÁREA, Y POR UN IMPORTE TOTAL QUE RESULTARA DE APLICAR DICHO VALOR A LA SUPERFICIE QUE PARA LA TOTALIDAD DE LAS CALLES CERRADAS COMPRENDIDAS EN LA OPERACIÓN, DETERMINE LA PERTINENTE MENSURA.-
ARTICULO 3°.- AUTORIZASE AL D.E. A SUSCRIBIR LA PERTINENTE ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO POR ANTE ESCRIBANO PUBLICO QUE LOS COMPRADORES DESIGNEN AL EFECTO, A FAVOR DE LOS MISMOS, Y SIEMPRE QUE LOS ADQUIRIENTES CANCELEN PREVIAMENTE O EN ESE MISMO ACTO, EL SALDO DEL VALOR DETERMINADO SEGÚN LO ESTABLECE EL ARTICULO 2° PRECEDENTE, DEDUCIDO DEL IMPORTE QUE LA RESOLUCIÓN 113/02 ACEPTARA COMO ?PAGO A CUENTA? DE ESTA OPERACIÓN DE COMPRA-VENTA.-
ARTICULO 4°.- LOS GASTOS DE MENSURA Y DE ESCRITURACION SERAN A CARGO EXCLUSIVO DE LOS COMPRADORES TAL COMO LO DISPONE EL ARTICULO 3° DEL DECRETO 345/90, PUDIENDO A PETICIÓN DE LOS MISMOS, SOLICITARSE LA INTERVENCIÓN DE LA ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO.-
ARTICULO 5°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.-
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