ORDENANZA MUNICIPAL N° 3315/2002.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- SOLICITESE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL QUE IMPLEMENTE UN PROGRAMA DE RECUPERACIÓN Y MEMORIA DE LA LENGUA Y LA HISTORIA ORAL DE NUESTRA COMUNIDAD.-
ARTICULO 2°.- PARA LLEVAR ADELANTE DICHA ACCIÓN ES MENESTER CONVOCAR PARA UN TRABAJO CONJUNTO A LA COMISIÓN DE PRESERVACIÓN DEL PATRIMONIO HISTORICO, CULTURAL Y NATURAL.-
ARTICULO 3°.- LAS ACCIONES A LLEVAR ADELANTE DEBEN REALIZARSE MEDIANTE TALLERES DE HISTORIA ORAL COLECTIVA QUE SE DESARROLLARAN EN LOS DISTINTOS BARRIOS DE LA CIUDAD CON UNA AMPLIA Y BIEN DIFUNDIDA CONVOCATORIA, GARANTIZANDO DE ESTA MANERA UN SISTEMA DE DEMOCRACIA CULTURA EN SU APLICACIÓN.-
ARTICULO 4°.- SE PRETENDERA A TRAVES DE ESTOS TALLERES RECOGER HISTORIAS LOCALES INDIVIDUALES Y COLECTIVAS QUE HAGAN A LA IDENTIDAD CULTURAL DEL BARRIO Y LA CIUDAD, COMO ASI TAMBIEN DICHOS Y MODISMO QUE USADOS POR AMPLIOS SECTORES DE LA COMUNIDAD EN DISTINTOS TIEMPOS Y ESPACIOS ES NECESARIO CONSERVAR PARA MANTENER LA MEMORIA COLECTIVA DE CADA EPOCA.-
ARTICULO 5°.- LOS TALLERES SERAN TEMÁTICOS ( POR EJEMPLO FAMILIA, TRABAJO, FESTIVIDADES, ETC) PRIORIZANDOSE AQUELLAS QUE CADA COMUNIDAD BARRIAL ELIJA.-
ARTICULO 6°.- PARA DICHA ACTIVIDAD SE CAPACITARÁN TALLERISTAS EN LA ESCUCHA Y EN POTENCIAR A LOS PARTICIPANTES EN LA IDENTIFICACIÓN DE HECHOS Y LUGARES QUE TENGAN PARA LA COMUNIDAD RELEVANCIA E INFLUENCIA EN SU FORMACIÓN Y SENTIDO DE VIDA.-
ARTICULO 7°.- LOS TALLERES Y EXPOSICIONES SE REFORZARÁN CON FOTOGRAFIAS, GRAFICOS Y TODO ELEMENTO VISUAL PROVISTO DESDE LOS PROPIOS VECINOS PARA APORTE DE LA HISTORIA DE LA COMUNIDAD.-
ARTICULO 8°.- SE REALIZARAN TAMBIEN ENTREVISTAS PERSONALES A VECINOS RELEVANTES DE LA COMUNIDAD, QUE POR SUS ACTIVIDADES PUEDAN TENER UNA VISIÓN PRIVILEGIADA DE LOS HECHOS.-
ARTICULO 9°.- TODOS LOS TALLERES Y ENTREVISTAS DEBERAN SER GRABADA. POSTERIORMENTE SE REGISTRARA EN UN TEXTO AQUELLO QUE LAS PERSONAS PARTICIPANTES ENTREGUEN COMO PARTE DE SU HISTORIA PERSONAL, DE MANERA TAL QUE EN LA DEVOLUCIÓN PUEDAN VERIFICAR COMO SE HA TRATADO SU RECUERDO.-
ARTICULO 10°.- LAS CINTAS DE GRABACIÓN DEBERAN SER ARCHIVADAS EN UN ESPACIO FISICO PREPARADO PARA TAL FIN CON LAS CONDICIONES OPTIMAS DE PRESERVACIÓN, Y QUE PODRAN SER CONSULTADAS POR CUALQUIER CIUDADANO QUE DESEE REALIZAR TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN O ESTUDIO.-
ARTICULO 11°.- LOS TEXTOS SE PUBLICARAN Y DISTRIBUIRAN EN TODAS LAS ESCUELAS Y BIBLIOTECAS BARRIALES PARA SU CONSULTA PERMANENTE.-
ARTICULO 12°.- SE SOLICITARA Y CAPACITARA A DOCENTES DE TODOS LOS NIVELES PARA LA UTILIZACIÓN CON LOS ALUMNOS DEL MATERIAL RESULTANTE DE ESTOS TRABAJOS.-
ARTICULO 13°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONC
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