Ordenanza Nro: 3215

ORDENANZA MUNICIPAL N° 3215/2002.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- MODIFIQUENSE LOS ARTICULOS 3°, 4° Y 5° DE LAORDENANZA MUNICIPAL N° 3047/2000 LOS CUALES QUEDARAN REDACTADOS DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTICULO 3° CUANDO SEA IMPRESCINDIBLE DEPOSITAR EN LA VEREDA TRANSITORIAMENTE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, TIERRA O ESCOMBRO, EL PROPIETARIO, O DE TRATARSE DE UNA OBRA, EL CONSTRUCTOR RESPONSABLE, DEBERA DAR AVISO PREVIO A LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS EN EL HORARIO ADMINISTRATIVO , O EN SU DEFECTO A LA DELEGACIÓN MUNICIPAL QUE CORRESPONDA A CADA LOCALIDAD. PODRA OCUPARSE CON DICHOS MATERIALES UNA FRANJA NO MAYOR DE 1,50 MTS DE ANCHO, MEDIDA DESDE EL CORDÓN DE LA VEREDA HACIA EL FRENTE DE LA EDIFICACIÓN, PERFECTAMENTE CONTENIDA Y / O TAPADA, DE MANERA QUE NO PERMITA LA FUGA DEL MATERIAL. SERA RESPONSABILIDAD DEL PROPIETARIO O CONSTRUCTOR DEJAR LAS CUNETAS, CALZADAS Y VEREDAS LIMPIAS DE RESTOS DE MATERIALES.-
ARTICULO 4°.- LA MUNICIPALIDAD RETIRARA LOS MATERIALES MENCIONADOS A PEDIDO DEL PROPIETARIO O RESPONSABLE, EL PEDIDO DEBERA EFECTUARSE CON NO MENOS DE 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN, AL DEPOSITO DE LOS MATERIALES EN LA VEREDA , EN LAS OFICINAS DE LA DIRECCIÓN DE SERVICIOS SITA EN MITRE E IRAOLA, O A LOS TELEFONOS YA MENCIONADOS O EN LAS DELEGACIONES MUNICIPALES CORRESPONDIENTES Y EN EL HORARIO ANTEDICHO. CUANDO EL VOLUMEN A RETIRAR SUPERE EL MEDIO METRO CUBICO, EL RETIRO SE REALIZARA PREVIO PAGO DEL SERVICIO.-
ARTICULO 5° LOS RESTOS VEGETALES QUE RESULTEN DE LA LIMPIEZA Y DESMALEZAMIENTO DE ESPACIOS VERDES, PODRAN SACARSE A LA VEREDA SIEMPRE Y CUANDO ESTEN EMBOLSADOS, ATADOS Y/O EN ALGUN TIPO DE RECIPIENTE, LOS DIAS QUE DETERMINE LA SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PARA CADA BARRIO DE LA PLANTA URBANA Y SERAN RETIRADOS POR EL MUNICIPIO EN EL TRANSCURSO DE LOS DIAS SUBSIGUIENTES, Y EN EL CASO DE LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE BARKER QUEDARAN ESTABLECIDOS LOS SIGUIENTES DIAS: BARKER 1° 2 Y 3 O DIAS HABILES SUBSIGUIENTES DE CADA MES PARA LOS DISTINTOS BARRIOS ( DON ALFREDO, SAN MARTÍN, EX VILLA PRIVADA) LOS DIAS 16, 17, 18 O DIAS HABILES SUBSIGUIENTES PARA QUE ESTOS RESIDUOS SEAN DEPOSITADOS EN LA VEREDA CORRESPONDIENTE A CADA FRENTISTA Y POSTERIORMENTE SERAN RETIRADO POR EL PERSONAL DE SERVICIO.-
ARTICULO 2°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECISÉIS DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DOS.-

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