ORDENANZA MUNICIPAL N° 3164/2001.-
(EXPTE. LETRA D Nº 68/2001 DEL D.E.)
VISTO LA NECESIDAD QUE ESTE MUNICIPIO ADHIERA EXPRESAMENTE A LA LEY PROVINCIAL 12727 Y QUE SE RATIFIQUE EL CONVENIO QUE REFERIDO A LA MISMA, OBRA EN EL EXPEDIENTE LETRA D Nº 68/01 A EFECTOS DE POSIBILITAR EL DESENVOLVIMIENTO ECONOMICO FINANCIERO DE ESTA ADMINISTRACION.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
O R D E N A
ARTICULO 1°.- ADHIERASE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ A LA LEY PROVINCIAL Nº 12727 SIN PERJUICIO DE RESERVAR LAS POTESTADES LEGISLATIVAS QUE LA LEY RECONOCE A LAS MUNICIPALIDADES, SOBRE LAS MATERIAS INCLUIDAS EN LA MISMA (ARTICULO 45º).
ARTICULO 2°.- CONVALIDESE EL CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, OBRANTE EN EL EXPEDIENTE LETRA D Nº 68/01.
ARTICULO 3°.- COMUNIQUESE AL D.E. MUNICIPAL, INSERTESE EN EL LIBRO DE ORDENANZAS DEL H.C.D., CUMPLIDO ARCHIVESE.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.-
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