ORDENANZA MUNICIPAL N° 3135/2001.-
EXPTE. LETRA «X» N’ 22/2001 DEL H.C.D.
EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE SUS AIRBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE :
O R D E N A
ARTICULO 1°.- MODIFIQUESE EL APARTADO 12) DEL B) DEL ARTICULO 1° DE LA ORDENANZA 2929 EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
» LOS OCUPANTES O PROPIETARIOS DE FINCAS O TERRENOS BALDIOS Y VIVIENDAS PARTICULARES QUE SE NEGAREN A COMBATIR LAS RATAS O QUE DE CUALQUIER MANERA OBSTACULIZAREN LA LABOR DE DESRATIZACION, O SEA NO PERMITIENDO EL ACCESO A SU DOMICILIO O TERRENOS AL PERSONAL MUNICIPAL U OCULTANDO LA EXISTENCIA DE RATAS, SERAN PASIBLES DE UNA MULTA DESDE 20 JORNALES HASTA 100 JORNALES EN CASO DE REINCIDENCIA, FACULTÁNDOSE AL JUZGADO DE FALTAS A ALLANAR LA PROPIEDAD POR RAZONES DE SALUBRIDAD E HIGIENE, PUDIENDO SOLICITAR EL AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA PARA EFECTOS DEL MISMO.-
ARTICULO 2°.- COMUNÍQUESE AL D.E. MUNICIPAL, INSÉRTESE EN EL LIBRO DE ORDENANZAS DEL HC.D, CUMPLIDO ARCHÍVESE-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL UNO.
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