Ordenanza Nro: 2839

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2839/98

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:

O R D E N A

ARTICULO 1°.- MODIFIQUESE EL ARTICULO 1° DE LA ORDENANZA MUNIICPAL N° 2828/98, EN SU INCISO b), QUEDANDO REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
B “EL LOCAL DEBERA CONTAR COMO MINIMO CON DOS SALIDAS, UNA DE LAS CUALES INDEFECTIBLEMENTE DEBERA ABRIR HACIA AFUERA Y HACIA LA VIA PUBLICA.
ARTICULO 2°: DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.

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