Ordenanza Nro: 2740

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2740/97

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDADDE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

O R D E N A

ARTICULO 1°- MODIFICASE EL ARTICULO 2° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2287/97 (ORDENANZA IMPOSITIVA).EL QUE QUEDARA REDACTADO:

«ARTICULO 22s ALUMBRADO PUBLICO EN BENITO JUAREZ SE ESTABLECEN AL OBJETO DEL COBRO, SEIS (6) CATEGORIAS, CON LAS SISUIENTES TASAS, POR MEDIDOR Y POR MES, CUYO VALOR SERÁ IGUAL A LA TARIFA QUE APLIQUE LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE B. JUAREZ LTDA.-SIN IMPUESTOS- CORRESPONDIENDOLE A CADA CATEGORIA Y POR MEDIDOR, EL EQUIVALENTE A LOS SIGUIENTES KILOWATIOS / HORA:

1-ESPECIAL 51 KW/HORA
2-PRIMERA 32 KW/HORA
3- SEGUNDA 32 KW/HORA
4- TERCERA 20 KW/HORA
5- CUARTA 15 KW/HORA
6- QUINTA 10 KW/HORA

LA DISTRIBUCION DE ESTAS CATEGORIAS SE EFECTUARÁ CON ARREGLO A LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES:

1-ESPECIAL: COMPRENDE LOS SOLARES O SUS FRACCIONES CON FRENTE A LAS AVENIDAS QUE RECIBAN ILUMINACION ESPECIAL MEDIANTE LAMPARAS SOBRE 5 COLUMNAS EN ACERAS DE 86,6O MTS. U 8 COLUMNAS SOBRE ACERAS DE 121,24 MTS.,UBICADAS EN LA DENOMINADA «ZONA PRINCIPAL» QUE COMPRENDE TODAS LAS PROPIEDADES SITUADAS ENTRE LAS AVENIDAS ROSAS-MUÑIZ,SALENAVE-
SAAVEDRA, CONSTITUCICN-ALBERDI,Y ROQUE SAENZ PESA-FORTABAT, AMBAS ACERAS INCLUSIVE.

2-PRIMERA: COMPRENDE LOS SOLARES 0 SUS FRACCIONES DESTINADAS A VIVIENDAS, CON FRENTE A LAS AVDAS. QUE RECIBAN ILUMINACION MEDIANTE 4 a MAS COLUMNAS, UBICADAS FUERA DE LA DENOMINADA «ZONA PRINCIPAL» QUE DELIMITA EL PUNTO ANTERIOR. A EFECTOS DE SU CATE0ORIZACION COMO «VIVIENDA», SE TENDRA EN CUENTA LA TEGORIA DEL CORRESPONDIENTE MEDIDOR DE LUZ.

3-SEGUNDA: COMPRENDE LOS SOLARES O SUS FRACCIONES CON FRENTE A AVENIDAS CON ILUMINACION SOBRE 4 COLUMNAS EN ACERAS DE 36,60 MTS, Y DE 6 COLUMNAS SOBRE ACERAS DE 121,24 MTS, UBICADAS DENTRO DE LA DENOMINADA “ZONA PRINCIPAL”.

4- TERCERAS COMPRENDE LOS SOLARES 0 SUS FRACCIONES CON FRENTE A CALLES QUE RECIBAN ILUMINACION MEDIANTE 2 COLUMNAS EN ACERAS DE 86,60 MTS. O MEDIANTE 3 COLUMNAS EN ACERAS DE 121,24 MTS.

5- CUARTAS COMPRENDE LOS SOLARES D SUS FRACCIONES CON FRENTE A CALLES CON SERVICIO DE LUZ EN ESQUINAS V MITAD DE CUADRA.

6- QUINTAS COMPRENDE LOS SOLARES O SUS FRACCIONES CON FRENTE A CALLES CON SERVICIO DE LUZ DESDE ESQUINA.

LOS TERRENOS BALDIOS O TERRENOS CON EDIFICACION DESHABITADA ENTENDIENDOSE POR TALES AQUELLOS QUE NO POSEEN MEDIDOR DOMICILIAR 10 DE ELECTRICIDAD HABILITADO- PAGARAN ESTA TASA DE ACUERDO A SU UBICACION, Y CON EL MISMO VALOR QUE EL DE LAS CATEGORIAS DETERMINADAS EN EL PRESENTE ARTICULO, ESTABLECIENDOSE QUE EN ESTOS CASOS CORRESPONDERA APLICAR LA TASA FIJADA POR LAS CATEGORIAS ESPECIAL, SEGUNDA, TERCERA,CUARTA Y/O QUINTA ,CON PRESCINDENCIA DE SU UBICACION FUERA 0 DENTRO DE LA DENOMINADA » ZONA PRINCIPAL» .

ARTICULO 2°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.

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