ORDENANZA. MUNICIPAL N° 2651.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°.- MODIFICASE EL ARTICULO 10° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 2620/96, QUE
QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTICULO 10°.- LOS CONTRIBUYENTES COMPRENDIDOS EN LOS TERMINOS DE LA PRESENTE, PODRAN ADHERIRSE A LOS BENEFICIOS DE LA MISMA HASTA EL DIA 11/11/96.-
ARTICULO 2°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.
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