Ordenanza Nro: 2583

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2583

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

ORDENA

ARTICULO 1°.-APRUEBASE LA PARTICIPACION DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN EL MARCO DE LA OPERATORIA «TITULIZACION DE HIPOTECAS PARA MUNICIPIOS DE PEQUEÑAS LOCALIDADES CON UNA POBLACION DE MENOS DE 50000 HABITANTES, IMPLEMENTADA POR EL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL EN RELACION AL ELÁ?RENDIMIENTO CONSTRUCTIVO OPORTUNAMENTE REGISTRADO Y QUE COMPRENDE LA EJECUCION DE 20 ‘(VEINTE) UNIDADES DE VIVIENDAS, EN CAPITAN RAMOS Y AYACUCHO,RATIFICANDO EN TODAS SUS PARTES .EL ACTA DE C0MPR0MISO SUSCRIPTA POR EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL CON LA CITADA ENTIDAD FINANCIERA, EN FECHA 23/11/1995.

ARTICULO 2°AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL A TOMAR LA FINANCIACION PREVISTA EN LA DENOMINADA «LINEA ESPECIAL DE FINANCIACION PARA EMPRENDIMIENTOS CONSTRUCTIVOS» DE LA PRECITADA OPERATORIA, QUE AL EFECTO ACUERDE EL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL CON DESTINO A LA EJECUCION DEL 3MPRENDMIENTO CONSTRUCTIVO, HASTA LA SUMA DE DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL (U$S 250000.-) Y A FORMALIZAR EL RESPECTIVO CONVENIO DE FINANCIACION CON GARANTIA HIPOTECARIA EN PRIMER GRADO DE PRIVILEGIO A FAVOR DE DICHO BANCO.
ARTICULO 3°.- COMPROMETASE EN GARANTIA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE ASUMEN EN EL MARCO DE LA PREINDICADA LINEA CREDITICIA, LOS FONDOS PROVENIENTES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,DESTINADOS AL MUNICIPIO,FACULTANDO AL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL A EFECTUAR EL DEBITO AUTOMATICO SOBRE DICHOS FONDOS PARA EL SUPUESTO DE INCUMPLIMIENTO EN TIEMPO Y FORMA DE LAS OBLIGACIONES PERTINENTES.

ARTICULO 4°.-NOTIFIQUESE POR |MEDíQFEHACIENTE LO RESUELTO PRECEDENTEMENTE, AL BANCO HIPOTECARIO NACIONAL Y A LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTICULO 5°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PREVERA EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRESTAMO HASTA SU CANCELACION.
ARTICULO 6°.- DE FORMA. ‬

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS TRECE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.

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