Ordenanza Nro: 2557

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2557

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

ORDENA:

ARTICULO 1°.- DEJASE SIN EFECTO EL ARTICULO 1° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 939/79 HASTA EL DIA 30 DE ABRIL DE 1996.

ARTICULO 2°.- LA EXCEPCION SE REFIERE UNICAMENTE A LO PAUTADO RESPECTO DEL AÑO DE
FABRICACION DEL AUTOMOVIL, DEBIENDO REUNIR TODOS LOS OTROS REQUISITOS EXIGIDOS.
ARTICULO 3°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL ANO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO.

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