Ordenanza Nro: 2550

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2550

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

ORDENA:

ARTICULO 1°.- LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ,CONDONARA LAS DEUDAS QUE POR TASAS MUNICIPALES, ADEUDEN AQUELLOS INMUEBLES, EDIFICADOS O NO, CUYOS PROPIETARIOS CEDAN A TITULO GRATUITO A TERCEROS, CON EL UNICO FIN DE POSIBILITAR LA CONSTRUCCION DE LA VIVIENDA PROPIA.

ARTICULO 2°.- LAS DEUDAS POR OBRAS DE INFRAESTRUCTURA NO SERAN CONDONADAS EN NINGUN CASO; NO OBSTANTE EL MUNICIPIO OTORGARA UN AMPLIO PLAN DE FACILIDADES A TODOS AQUELLOS QUE SE ENCUADREN EN LOS TERMINOS DS LA PRESENTE ORDENANZA, EL
QUE COMENZARA A REGIR DESDE EL MOMENTO DE LA ESCRITURACION DEL INMUEBLE, ASIMISMO EL
NUEVO PROPIETARIO, COMENZARA A ABONAR LOS IMPUESTOS MUNICIPALES A PARTIR DE ESA FECHA.

ARTICULO 3°.- EL PLAZO PARA LA ESCRITURACION DE LOS INMUEBLES ALUDIDOS, SERA DE UN MAXIMO DE 90 DIAS DE EFECTUADA LA DONACION.

ARTICULO 4°.- EL PLAZO PARA EL COMIENZO DE LA CONSTRUCCION SERA DE UN AÑO (UNO) A PARTIR DE LA FECHA DE LA ESCRITURACION.

ARTICULO 5°.- LOS PLANES DE FINANCIACION A OTORGAR POR EL MUNICIPIO PARA LAS DEUDAS POR OBRAS DE INFRAESTRUCTURA, TENDRAN COMO BASE, LO SIGUIENTE:
• DEUDAS DE HASTA $ 500.- 30 CUOTAS MENSUALES
• DEUDAS DE HASTA $1000.- 48 CUOTAS MENSUALES
• DEUDAS DE MAS DE $ 1000.- 60 CUOTAS MENSUALES
•
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PODRA CONVENIR CON LOS VECINOS INCLUIDOS Eli LOS TERMINOS
DE LA ORDENANZA,OTROS PLAZOS,DE ACUERDO SIEMPRE AMBAS PARTES

ARTICULO 6°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO GESTIONARA ANTE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES IGUAL CONDONACION POR EL IMPUESTO INMOBILIARIO Y, ASIMISMO LA ESCRITURACION CORRESPONDIENTE, A TRAVES DE LA ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO.

ARTICULO 7°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL ANO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO,

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