ORDENANZA MUNICIPAL N° 2486.-
DEROGADA POR ORDENANZA 2724/1997
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A :
ARTICULO 1°.- CREASE EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISCAPACITADO DEL PARTIDO DE BENITO JUAREZ.
ARTICULO 2°.-SERAN FUNCIONES DEL CONSEJO:
a) REALIZAR ESTUDIOS PARA LA FORMULACION Y ACTUALIZACION PERMANENTE DE UN PLAN MUNICIPAL DE PROMOCION, ASISTENCIA Y APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
b) DESARROLLAR PLANES, ESTADISTICAS Y PROGRAMAS MUNICIPALES EN LA MATERIA Y DIRIGIR LA INVESTIGACION EN EL AREA DE LA DISCAPACIDAD.
c) APOYAR Y COORDINAR LA ACTIVIDAD DE LAS ENTIDADES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO,QUE ORIEN-
TEN SUS ACCIONES EN FAVOR DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS.
d) COORDINAR CON LOS ENTES NACIONALES Y PROVINCIALES COMPETENTES EN MATERIA DE DISCAPACIDA) LOS PLANES RESPECTIVOS.
e) PARTICIPAR EN LA ELABORACION DE INICIATIVAS Y PROYECTOS QUE PROTEJAN AL DISCAPACITADO Y EN SU IMPLEMENTACION.
f) EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY NACIONAL N° 22431, DE LA LEY PROVINCIAL N° 10592, DE LAS ORDENANZAS VIGENTES Y DEMAS INSTRUMENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS RELACIONADOS CON LAS PERSONAS DISCAPACITADAS.
ARTICULO 3°. EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISCAPACITADO ESTARÁ INTEGRADO POR:
a) INTENDENTE MUNICIPAL 0 EL FUNCIONARIO QUE DESIGNE.
b) REPRESENTANTE DE LA SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL.
c) REPRESENTANTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.
d) REPRESENTANTE DEL CONSEJO ESCOLAR.
e) REPRESENTANTES DE LAS ENTIDADES EXISTENTES QUE TRABAJAN POR LOS DISCAPACITADOS, SIN
FINES DE LUCRO Y DE LAS QUE PUEDAN CREARSE.
f) TODA AQUELLA PERSONA QUE SINTIENDOSE COMPROMETIDA CON LA PR0BLEMATICA, QUIERA INCORPORARSE AL MISMO.
g) UN REPRESENTANTE DE LA ESCUELA ESPECIAL 501
ARTICULO 4°.- EL CONSEJO MUNICIPAL, EN SU ESTRUCTURA INTERNA ESTARA REPRESENTADO POR:
-UN PRESIDENTE, ELEGIDO A TAL EFECTO POR MAYORIA DE LA ASAMBLEA.
– UNA COMISION DIRECTIVA.
ARTICULO 5°.- LA COMISION DIRECTIVA DEBERA DICTAR EL REGLAMENTO INTERNO AL CUAL SE AJUSTARA SU FUNCIONAMIENTO.
ARTICULO 6°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
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