Ordenanza Nro: 2486

ORDENANZA MUNICIPAL N° 2486.-

DEROGADA POR ORDENANZA 2724/1997

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

O R D E N A :

ARTICULO 1°.- CREASE EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISCAPACITADO DEL PARTIDO DE BENITO JUAREZ.

ARTICULO 2°.-SERAN FUNCIONES DEL CONSEJO:
a) REALIZAR ESTUDIOS PARA LA FORMULACION Y ACTUALIZACION PERMANENTE DE UN PLAN MUNICIPAL DE PROMOCION, ASISTENCIA Y APOYO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
b) DESARROLLAR PLANES, ESTADISTICAS Y PROGRAMAS MUNICIPALES EN LA MATERIA Y DIRIGIR LA INVESTIGACION EN EL AREA DE LA DISCAPACIDAD.
c) APOYAR Y COORDINAR LA ACTIVIDAD DE LAS ENTIDADES PRIVADAS SIN FINES DE LUCRO,QUE ORIEN-
TEN SUS ACCIONES EN FAVOR DE LAS PERSONAS DISCAPACITADAS.
d) COORDINAR CON LOS ENTES NACIONALES Y PROVINCIALES COMPETENTES EN MATERIA DE DISCAPACIDA) LOS PLANES RESPECTIVOS.
e) PARTICIPAR EN LA ELABORACION DE INICIATIVAS Y PROYECTOS QUE PROTEJAN AL DISCAPACITADO Y EN SU IMPLEMENTACION.
f) EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY NACIONAL N° 22431, DE LA LEY PROVINCIAL N° 10592, DE LAS ORDENANZAS VIGENTES Y DEMAS INSTRUMENTOS LEGALES Y REGLAMENTARIOS RELACIONADOS CON LAS PERSONAS DISCAPACITADAS.

ARTICULO 3°.— EL CONSEJO MUNICIPAL DEL DISCAPACITADO ESTARÁ INTEGRADO POR:

a) INTENDENTE MUNICIPAL 0 EL FUNCIONARIO QUE DESIGNE.
b) REPRESENTANTE DE LA SECRETARIA DE BIENESTAR SOCIAL.
c) REPRESENTANTE DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.‭ ‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬‬
d) REPRESENTANTE DEL CONSEJO ESCOLAR.
e) REPRESENTANTES DE LAS ENTIDADES EXISTENTES QUE TRABAJAN POR LOS DISCAPACITADOS, SIN
FINES DE LUCRO Y DE LAS QUE PUEDAN CREARSE.
f) TODA AQUELLA PERSONA QUE SINTIENDOSE COMPROMETIDA CON LA PR0BLEMATICA, QUIERA INCORPORARSE AL MISMO.
g) UN REPRESENTANTE DE LA ESCUELA ESPECIAL 501

ARTICULO 4°.- EL CONSEJO MUNICIPAL, EN SU ESTRUCTURA INTERNA ESTARA REPRESENTADO POR:
-UN PRESIDENTE, ELEGIDO A TAL EFECTO POR MAYORIA DE LA ASAMBLEA.
– UNA COMISION DIRECTIVA.

ARTICULO 5°.- LA COMISION DIRECTIVA DEBERA DICTAR EL REGLAMENTO INTERNO AL CUAL SE AJUSTARA SU FUNCIONAMIENTO.

ARTICULO 6°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.

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