ORDENANZA MUNICIPAL N° 2389.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°. MODIFICASE EL ART. 5° DE LA O.M. N° 2116/91, EL QUE QUEDARA REDACTADO DE
LA SIGUIENTE FORMA:
ARTICULO 5°.-PODRA OTORGARSE UNA LICENCIA ADICIONAL DE SIETE (7)
DIAS CORRIDOS ADEMAS DE LA ANUAL ORDINARIA A TODOS LOS AGENTES COMPRENDIDOS EN LA
PRESENTE, LA QUE SERA OBLIGATORIA, NO ACUMULABLE A LA ANTES MENCIONADA, Y SIN QUE
SEA NECESARIO PRESENTAR CERTIFICACION MEDICA DE NINGUNA CLASE. PARA ACOCEESE A ESTA
LICENCIA EL AGENTE DEBE TENER UNA ANTIGÜEDAD NO MENOR DE 12 MESES EN EL CARGO A QUE
ALUDE EL ART. 1° DE LA PRESENTE.
ARTICULO 2°.-DEROGASE LA O.M. N° 2263/92
ARTICULO 3°.-DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE SIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-
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