ORDENANZA MUNICIPAL N° 2371
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°.-AUTORIZASE AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONCERTAR CON LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES UN PRESTAMO DE HASTA LA SUMA DE PESOS VEINTICINCO MIL ( 25000.-) EN VALORES DEL MES DE JULIO DE 1992 EN LAS CONDICIONES Y PLAZOS QUE SURGEN DEL ANEXO I QUE INTEGRA LA PRESENTE. EL MONTO DEL PRESTAMO SE AJUSTARA AL MOMENTO DE LA FIRMA DEL CONTRATO A LOS VALORES QUE SURJAN DE LA LICITACION Y ESTEN AUTORIZADOS POR LA UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL. P . F. M.
ARTICULO 2°.-LOS FONDOS DEL PRESTAMO SERAN AFECTADOS INTEGRA Y EXCLUSIVAMENTE A LA EJECUCION DEL SIGUIENTE PROYECTO INCLUIDO EN EL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL – P.F.M. :»SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA MUNICIPAL N° 05808.-
ARTICULO 3°.-LOS RECURSOS PROVENIENTES DE ESTE PRESTAMO SE DEPOSITARAN EN UNA CUENTA ESPECIAL DENOMINADA «PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL, QUE SE HABILITARA EN EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
ARTICULO 4°.-EN GARANTIA DEL PRESTAMO, AFECTANSE LAS COPARTICIPACIONES DE LOS IMPUESTOS NACIONALES Y PROVINCIALES QUE CORRESPONDAN A ESTE MUNICIPIO, AUTORIZANDOSE A RETENER LAS SUMAS NECESARIAS PARA CUBRIR EL PAGO DE AMORTIZACIONES E INTERESES.-
ARTICULO 5°.-EL CREDITO SE AMORTIZARA CON LOS RECURSOS- PROPIOS DEL MUNICIPIO.
ARTICULO 6°.-CREASE LA PARTIDA E INCORPORENSE AL PRESUPUESTO LAS PARTIDAS NECESARIAS
PARA ATENDER AL PACO DEL SERVICIO DE AMORTIZACION E INTERESES DEL EMPRESTITO. EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PREVERA EN LOS PRESUPUESTOS FUTUROS LAS PARTIDAS NECESARIAS PARA ATENDER LOS SERVICIOS DEL PRESTAMO HASTA SU TOTAL CANCELACION.
ARTICULO 7°.-EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, POR INTERMEDIO DE LA SUBSECRETARIA DEL PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO Y DESARROLLO MUNICIPAL DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PROCEDERA A LLAMAR A LICITACION PARA . LA EJECUCION DEL PROYECTO ENUNCIADO EN EL ART. 2°.
ARTICULO 8°.-AMORTIZACION: LA DEUDA SERA AMORTIZADA POR EL MUNICIPIO EN 16 TRIMESTRES, CONTEMPLANDO UN PERIODO DE GRACIA DE 12 MESES, DE FORMA TAL QUE LA PRIMERA CUOTA DEBERA SER ABONADA A LOS 12 MESES DE LA PRIMERA TRANSFERENCIA DE RECURSOS Y LAS SIGUIENTES EN FORMA TRIMESTRAL CONSECUTIVAMENTE.
ARTICULO 9°.-DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.
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