ORDENANZA MUNICIPAL N° 2307.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°.-QUEDA TERMINANTEMENTE PROHIBIDO EL ESTACIONAMIENTO DE MOTOS, MOTONETA Y BICICLETAS SOBRE LAS ACERAS, PASEOS, ETC.
ARTICULO 2°.-EL ESTACIONAMIENTO DE MOTOS, MOTONETAS Y BICICLETAS SE HARA, SIEMPRE
LUGARES DEMARCADOS AL EFECTO, EN LA CALLE, SOBRE LA MANO CORRESPONDIENTE,
DIEZ METROS ANTES O DESPUES DE LA INTERSECCION, CUANDO NO HAYA RESTRICCION AL RESPECTO O DISCOS QUE LO PROHIBAN, EN UN TODO DE ACUERDO A LO DETERMINADO EN EL CODIGO DE TRANSITO PROVINCIAL.
ARTICULO 3°.-TODO VEHICULO DE LOS MENCIONADOS EN LOS ARTICULOS ANTERIORES QUE SE
ENCUENTREN MAL ESTACIONADOS O EN LUGARES NO AUTORIZADOS, PODRA SER RETIRADO POR LA
AUTORIDAD MUNICIPAL POR CUENTA EXCLUSIVA DEL INFRACTOR, PUDIENDOSE REQUERIR PARA E-
LLO EL AUXILIO DE ENTIDADES PRIVADAS Y/O PARTICULARES PARA EFECTIVIZAR LA MEDIDA.
SERA CON CARGO AL INFRACTOR EL COSTO DE ACCIDENTES Y/O AVERIAS QUE PUDIERA SUFRIR
EL VEHICULO EN SU TRASLADO.
ARTICULO 4°.-DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MARZO DE MIL NOVESCIENTOS NOVENTA Y TRES.
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