ORDENANZA MUNICIPAL N° 2298
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, RESUELVE Y:
ORDENA
ARTICULO 1°.–MODIFICASE EL ARTICULO 5°.-DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1737, QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE MANERA:
ARTICULO 5°.-:SE PROHIBE EN ESTOS LOCALES LA VENTA Y EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. EL NIVEL MAXIMO DE SONIDO EN LA SALA, NO DEBE EXCEDER EL MAXIMO PERMITIDO EN SU VOLUMEN MEDIO FIJADO EN OCHENTA (80) DECIBELES.
ARTICULO 2°.-DE_ FORMA .
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVESCLENTOS NOVENTA Y TRES.
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