ORDENANZA MUNICIPAL N° 2247.-
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
ORDENA
ARTICULO 1°.-PROHIBESE LA CIRCULACION Y ESTACIONAMIENTO DE TODO TIPO DE CAMIONES Y VEHICULOS SIMILARES, CUALQUIERA SEA SU PESO, DURANTE LAS VEINTICUATRO HORAS EN LAS SIGUIENTES CALLES INTERNAS DE LOS COMPLEJOS HABITACIONALES DENOMINADOS BARRIO JARDIN, PRIMAVERA, J.J.TORRES Y RUTA 74, A SABER:
BARRIO RUTA 74: CALLES HONDURAS – MAIFU – COSTA RICA Y BOLIVIA.
BARRIO J.J.ROMERO: CALLES JAMAICA -PANAMA – DE LA TORRE Y COLOMBIA.
BARRIO JARDIN: CAPITAN RAMOS Y MARIANO ROLDAN.-
BARRIO PRIMAVERA: ECUADOR – MANSILLA Y BRASIL.-
ARTICULO 2°.-QUEDAN EXCLUIDOS DE LA PROHIBICION ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 1°.-DE LA
PRESENTE ORDENANZA:
a) CAMIONES Y VEHICULOS SIMILARES DE SERVICIOS PUBLICOS.-
b) CAMIONES QUE EFECTUEN OPERACIONES LE CARGA Y DESCARGA DE MATERIALES UNICAMENTE EN LAS OBRAS EN CONSTRUCCION.-
c) LOS CASOS DE NECESIDAD DEBIDAMENTE JUSTIFICADA, CON EXPRESA AUTORIZACION DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO.-
ARTICULO 3°.-EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO POR INTERMEDIO DE LAS REPARTICIONES CORRESPONDIENTES DISPONDRA LA SEÑALIZACION QUE ILUSTRE SOBRE LAS DETERMINAD IONES DE LA PRESENTE ORDENANZA E INSTRUIRA AL CUERPO DE INSPECTORES DE TRANSITO PARA EL DEBIDO Y ESTRICTO CUMPLIMIENTO DE LO ESTIPULADO EN LA PRESENTE.
ARTICULO 4°.-LA PRESENTE ORDENANZA PASARA A FORMAR PARTE DE LA ORDENANZA QUE REGULE DEFINITIVAMENTE TODO EL TRANSITO VEHICULAR PESADO EN TODA LA PLANTA URBANA DE LA CIUDAD.-
ARTICULO 5°.-LAS INFRACCIONES A LA PRESENTE ORDENANZA SERAN PENADAS CON MULTAS CUYO MONTO SERA ESTABLECIDO ENTRE UN SALARIO MINIMO DEL PERSONAL MUNICIPAL SERVICIO CLASE III Y CINCUENTA SALARIOS MINIMOS DE IGUAL PERSONAL.
ARTICULO 6°.- DE FORMA.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DE MIL NOVESCIENTOS NOVENTA Y DOS DE SETIEMBRE DE 1992.-
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