ORDENANZA MUNICIPAL N° 22
ARTÍCULO 1°.- FACULTASE AL D.E. A GESTIONAR ANTE EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE UN EMPRÉSTITO POR LA SUMA DE TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS PESOS M/N EN TÍTULOS DE LA DEUDA INTERNA DEL 3,50 POR CIENTO DE INTERÉS ANUAL Y EL 1 POR CIENTO DE AMORTIZACIÓN ACUMULATIVA EN LAS MISMAS CONDICIONES ESTABLECIDAS POR LOS BENEFICIOS DE LA LEY 5346, Y A LOS EFECTOS DEL PAGO DE SUELDOS ANUAL COMPLEMENTARIO DEL PERSONAL MUNICIPAL DEL AÑO 1948.
ARTÍCULO 2°.- LA SUMA INDICADA EN EL ART. ANTERIOR SE DESTINARA A LOS SIGUIENTES FINES:
SUMA $ 33.300
ARTÍCULO 3°.- EN GARANTÍA DEL PAGO PUNTUAL DEL PRÉSTAMO QUEDAN AFECTADOS ESPECIALMENTE LA TOTALIDAD DEL PORCENTAJE QUE LE CORRESPONDIERE A ESTA MUNICIPALIDAD POR PARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES (RÉDITOS, GANANCIAS EVENTUALES Y BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS), PATENTES DE AUTOMOTORES LEY 4490) O SUS POSTERIORES MODIFICACIONES Y EL PRODUCIDO DE LOS IMPUESTOS DE PATENTES DE TRACCIÓN A SANGRE Y PUBLICIDAD Y LETREROS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL EN LA CANTIDAD NECESARIA HASTA COMPLETAR EL DUPLO DEL SERVICIO ANUAL DE LOS TÍTULOS, PUDIENDO ADEMÁS EL D.E. EN CASO DE INSUFICIENCIA AFECTAR CUALQUIER OTRO RECURSO MUNICIPAL QUE NO CORRESPONDA A RETRIBUCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS.
ARTÍCULO 4°.- LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ DECLARA RECONOCER EN TODAS SUS PARTES LAS LEYES N° 5346 Y 4521 PROMULGADA CON FECHA DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 1948 Y 14 DE NOVIEMBRE DE 1936, OBLIGÁNDOSE A SU ESTRICTO CUMPLIMIENTO, COMO ASÍ TAMBIÉN AL DE LAS MODIFICACIONES , AMPLIACIONES , REGLAMENTACIONES QUE SE ESTABLECIERAN POSTERIORMENTE.
ARTÍCULO 5°.- LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ AUTORIZA AL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE BS. AS. A RETENER LOS RECURSOS AFECTADOS POR ESTA ORDENANZA HASTA CUBRIR LOS SERVICIOS TRIMESTRALES DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS, O SEA: PAGO DE INTERESES Y AMORTIZACIÓN.
ARTÍCULO 6°.- LA MUNICIPALIDAD FIJARA EN EL PRESUPUESTO RESPECTIVO LA SUMA NECESARIA PARA ATENDER AL SERVICIO DE LOS TÍTULOS.
ARTÍCULO 7°.- CONCEDIDO EL PRÉSTAMO POR EL SUPERIOR GOBIERNO FACULTASE AL D.E. PARA GESTIONAR SU DEPÓSITO EN “CUENTA ESPECIAL DEL BANCO DE LA PCIA. DE BS. AS., SUCURSAL JUÁREZ A LA ORDEN DEL INTENDENTE MUNICIPAL Y CONTADOR TESORERO.
ARTÍCULO 8°.- LOS GASTOS QUE DEMANDEN LOS TRÁMITES PREVIOS, PUBLICIDAD, ETC, SERÁN IMPUTADOS A LA PARTIDA DE GASTOS GENERALES DEL D.E. DEL PRESUPUESTO DE GASTOS EN VIGENCIA.
ARTÍCULO 9°.- SE DEJA EXPRESAMENTE ESTABLECIDO QUE LOS FONDOS OBTENIDOS SERÁN EXCLUSIVAMENTE DESTINADOS AL PAGO DE SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO DEL AÑO 1948, DEL PERSONAL DEPENDIENTE DE LA MUNICIPALIDAD SEGÚN LAS CONSTANCIAS EXISTENTES EN LA CONTADURÍA CON RESPECTIVAS RENDICIÓN DE CUENTAS Y REINTEGRO D LOS SALDOS NO USADOS.
ARTÍCULO 10°.- COMUNÍQUESE AL D.E. A SUS EFECTOS.
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