ORDENANZA MUNICIPAL N° 218
ARTÍCULO 1°.- DEROGASE EL ART. 3° DE LA ORDENANZA NRO. 152/58.
ARTÍCULO 2°.- INCORPORASE A LA ORDENANZA NRO. 152/58 EL SIGUIENTE: ART. 3°: LA FIRMA DE PLANOS A QUE SE REFIERE EL ART. 1° DE LA PRESENTE ORDENANZA SE EFECTUARA DE CONFORMIDAD A LO QUE ESTABLECE LA LEY 4048 Y LEY 5140 ATENDIENDO A QUE L CONCEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA HA DISPUESTO LA NO INTERVENCIÓN PROFESIONAL PARA LOS PROYECTOS DE VIVIENDAS REFERIDOS.
ARTÍCULO 3°.- POR EL D.E. SE EFECTUARA LA ORDENACIÓN DEL TEXTO PERTINENTE.
ARTÍCULO 4°.- COMUNÍQUESE AL D.E. Y DESE AL REGISTRO
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