ORDENANZA MUNICIPAL N° 2179
DEROGADA POR ORDENANZA N° 2383
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y:
ARTICULO 1°.- CREASE UNA CONTRIBUCION ESPECIAL PRO-FORMACION DE UN FONDO PARA EMERGENCIA ESPECIALES DE SALUD, CON DESTINO EXCLUSIVO A SOLUCIONAR ECONOMICAMENTE, PROBLEMAS DE SALUD DE EXTREMA GRAVEDAD, QUE PUEDAN SER CATALOGADOS TECNICAMENTE COMO DE VIDA O MUERTE POR LOS PROFESIONALES DE LA SALUD, ESPECIFICAMENTE TRANSPLANTES, PRIORITARIAMENTE DE NIÑOS Y PERSONAS JOVENES. SERAN BENEFICIARIOS DE LO CITADO PRECEDENTEMENTE, QUIENES ADEMAS DE REUNIR LAS CARACTERISTICAS MENCIONADAS, SEAN NATIVOS DE BENITO JUAREZ, O CUYA RESIDENCIA EN EL PARTIDO SEA SUPERIOR A LOS DOS AÑOS, AL MOMENTO DE EFECTUAR LA SOLICITUD DEL BENEFICIO SEÑALADO
ARTICULO 2°.- A TAL EFECTO, EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, TOMARA LOS RECAUDOS
NECESARIOS PARA PERCIBIR LA CONTRIBUCION, ATRAVES DE UNA CELOSA INSPECCION POR PARTE
DE LOS ORGANISMOS QUE CORRESPONDAN.
ARTICULO 3°.- LA CONTRIBUCION CREADA POR EL ART. 1°SERA IGUAL AL 1% (UNO POR CIENTO) SOBRE EL VALOR A COBRAR DE LOS SIGUIENTES ITEMS:
A)….DIETAS DE LOS SEÑORES CONCEJALES.-
B}….SUELDOS DE LOS FUNCIONARIOS POLITICOS.-
C)….ENTRADAS A TODO TIPO DE FESTIVALES, BAILES, ESPECTACULOS CULTURALES, ARTISTICOS,
DEPORTIVOS, CINES, DOMAS, CONFITERIAS BAILABLES, ETC.
D)….EL IMPORTE TOTAL DE LAS FACTURAS EMITIDAS POR LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE BTO. JUAREZ LTDA. Y LA COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS DE BARKER LIMITADA, O SU EQUIVALENTE, EL 2,5% (DOS Y MEDIO POR CIENTO) SOBRE EL BASICO FACTURADO. ESTARAN EXENTAS LAS FACTURAS EMITIDAS POR AMBAS COOPERATIVAS, QUE PERTENEZCAN A MEDIDORES DEL ESTADO MUNICIPAL.
E)….SOBRE EL VALOR TOTAL DE LAS RIFAS AUTORIZADAS POR LA MUNICIPALIDAD DE B. JUAREZ.
ARTICULO 4°.- PREVEASE EN EL PRESUPUESTO DE CADA AÑO, UN MONTO EQUIVALENTE AL 1% DEL
TOTAL PRESUPUESTADO COMO INGRESOS CORRIENTES DE JURISDICCION MUNICIPAL. EL DEPOSITO
DE LOS FONDOS SERA EFECTUADO MENSUALMENTE DE ACUERDO AL PORCENTAJE ESTABLECIDO, APLICADO SOBRE LA EFECTIVA RECAUDACION DE LOS MISMOS.-
ARTICULO 5°.- LAS ENTIDADES INTERMEDIAS QUE INTERVINIERAN EN FESTIVALES U OTROS ESPECTACULOS PARA ESTE BENEFICIO, DEBERAN DEPOSITAR SUS APORTES QUE CORRESPONDAN, NO MAS ALLA DEL SEGUNDO DIA POSTERIOR HABIL, A LA EFECTIVA FECHA DE REALIZACION DEL EVENTO,
EN LA CUENTA QUE DETERMINA EL ART. 6°.- DE LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTICULO 6°.- TODAS LAS RECAUDACIONES QUE EFECTIVICE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ, DEBERAN SER DEPOSITADAS EN LA CUENTA ESPECIAL DEL FONDO, NO MAS ALLA DEL QUINTO
DIA HABIL POSTERIOR A LA FECHA DE RECAUDACION. LA CUENTA SE CREARÁ A ESTE SOLO EFECTO EN UNA ENTIDAD BANCARIA LOCAL.
ARTICULO 7°.- APARTIR DE LA FECHA DE PROMULGACION DE LA PRESENTE ORDENANZA MUNICIPAL,
Y CUMPLIDOS LOS OBJETIVOS POR LOS QUE SE DOTO DE PODERES ADMINISTRATIVOS SOBRE EL FONDO PARA EMERGENCIAS ESPECIALES DE SALUD, A LA COMISION PRO-AYUDA A JUAN MARIO, CESA EN ESAS ESPECIFICAS FUNCIONES, SIGUIENDO O NO SUS ACTUACIONES, DE ACUERDO CON SUS PROPIOS CRITERIOS, INDEPENDIENTEMENTE DE LO DISPUESTO POR ESTA ORDENANZA
ARTICULO 8°.- CREASE UNA COMISION PERMANENTE ADMINISTRADORA DEL FONDO PARA EMERGENCIAS ESPECIALES DE SALUD, LA QUE ESTARA CONFORMADA POR:
A)
.1 REPRESENTANTE DEL D.E. MUNICIPAL, EN LA PERSONA DEL SR. SECRETARIO DE BIENESTAR
SOCIAL
B) ….1 CONCEJAL POR CADA BLOQUE QUE COMPONGAN EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.
C) ….1 ASISTENTE SOCIAL DE LA MUNICIPALIDAD DE BTO. JUAREZ.
D)
.1 PROFESIONAL MEDICO DE LA CLINICA MUNICIPAL DR.SAINTOUT.
E) ….1 REPRESENTANTE DE LA JUNTA DE COMISIONES VECINALES.
F ….2 REPRESENTANTES DE LA COMISION PRO-AYUDA A JUAN MARIO.
ARTICULO 9°.- LA COMISION CREADA EN EL ART. ANTERIOR, DICTARA SU PROPIO ‘REGLAMENTO INTERNO Y TENDRA LAS SIGUIENTES FACULTADES:
A ….A LOS FINES DE INCREMENTAR EL FONDO, PODRA REALIZAR RIFAS, FESTIVALES, ESPECTACULOS DE TODA INDOLE, CAMPAÑAS DE SOLIDARIDAD, CUENTAS BARCARIAS CON INTERES, ADQUISICIONES DE DIVISAS, TITULOS PUBLICOS Y PRIVADOS, IMPONER CERTIFICADOS DE PLAZO FIJO Y TODA
OTRA ACCION QUE TIENDA AL MISMO FIN.
B) DETERMINAR PREVIO ESTUDIO, LAS PRIORIDADES Y MONTOS DE DINERO A OTORGAR A LOS BENEFICIARIOS DE LA PRESENTE, COMO ASI TAMBIEN DETERMINAR SI LA SUMA OTORGADA LO ES EN
CARACTER DE DONACION 0 PRESTAMO, Y EN ESTE ULTIMO CASO, ESTABLECER LAS CONDICIONES DEL MISMO.
ARTICULO 10°.- ES CASO DE QUE LA COMISION SE REDUZCA A MENOS DE LA MITAD DE SUS MIEMBROS ORIGINALES O SE DISUELVA, TODAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES PASARAN AL D.E. HASTA TANTO SE FORME UNA NUEVA COMISION.
ARTICULO 11°.- CREASE UNA CUENTA SUBSIDIARIA DE LA PRINCIPAL A QUE SE ALUDE EN EL ART.6° DE LA PRESENTE.
ESTA NUEVA CUENTA RECIBIRA DEPOSITOS POR SUMAS EQUIVALENTES AL 10% (DIEZ POR CIENTO)
DE LOS MONTOS QUE CORRESPONDA DEPOSITAR EN LA CUENTA PRINCIPAL. ESTE PORCENTAJE SERA
DEDUCIDO DE AQUELLOS Y SE DEPOSITARA CADA SUMA EN LA CUENTA CORRESPONDIENTE.
ARTICULO 12°.- CON EL NUEVO FONDO EXISTENTE EN LA CUENTA SUBSIDIARIA, EN USO DE SUS
FACULTADES, LA COMISION CREADA POR EL ART. 8°.-, PODRA DESTINARLO A CUBRIR NECESIDADES COLATERALES DERIVADAS DE LAS INTERVENCIONES QUIRURGICAS DE LOS TRANSPLANTES (ALOJAMIENTOS, POS-OPERATORIOS, ETC.). DICHA AYUDA NO PODRA SUPERAR EN NINGUN CASO LA SUMA DE U$S 1000.- POR SOLICITUD, Y PODRAN ACCEDER A ELLA QUIENES REUNAN LOS REQUISITOS ENUMERADOS PARA SER BENEFICIARIOS DE LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTICULO 13°.- DEROGANSE LAS ORDENANZAS MUNICIPALES N° 2054/90; 2104/91; 2117/91;
2108/91 Y 2138/91; Y TODA OTRA DISPOSICION QUE SE OPONGA A LA PRESENTE.-
ARTICULO 14°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A L0S DIECINUEVE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVESCIENTOS NOVENTA Y DOS.
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