ORDENANZA MUNICIPAL N° 2118
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERARTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
0 R D E N A
ARTÍCULO 1°.- PRORROGASE POR EL TÉRMINO DE UN AÑO, DESDE EL 30 DE JUNIO DE 1991 Y HASTA EL 30 DE JUNIO DE 1992, LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA-CONVENIO N° 300/61.
ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE A LA COOPERATIVA DE CONSUMO DE ELECTRICIDAD DE JUÁREZ LIMITADA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.
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