Ordenanza Nro. 202

ORDENANZA MUNICIPAL N° 202

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZASE AL D.E. A ENAJENAR EN PÚBLICA SUBASTA CINCO ANIMALES YEGUARIZOS DE PROPIEDAD MUNICIPAL, PREVIA FIJACIÓN DE PRECIO, CONFORME AL ART. 159 DE LA LEY ORGÁNICA DE LAS MUNICIPALIDADES DO. LEY 6769/58.

ARTÍCULO 2°.- EL PRODUCIDO DE LA VENTA AUTORIZADA POR EL ARTÍCULO 1° DEBERÁ INGRESARSE COMO RECURSO EXTRAORDINARIO, AL CAPÍTULO PRIMERO, VENTA DE BIENES MUNICIPALES, DEL CÁLCULO DE RECURSOS, EN VIGENCIA.

ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE AL D.E, ETC.

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