Ordenanza Nro. 20

ORDENANZA MUNICIPAL N° 20- 20/12/1948

ARTÍCULO 1°.- DECLARESE A LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ ACOGIDA A LOS BENEFICIOS DE LA LEY N° 5346, QUEDANDO FACULTADO EL D.E. PARA EFECTUAR ANTE EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE BS. AIRES LOS TRÁMITES NECESARIOS, A FIN DE OBTENER UN PRÉSTAMO HASTA LA SUMA DE CIENTO DIECINUEVE MIL PESOS M/N EN TÍTULOS DE LA DEUDA INTERNA DEL 3,50 POR CIENTO DE INTERÉS ANUAL Y EL 1 POR CIENTO DE AMORTIZACIÓN ACUMULATIVA.

ARTÍCULO 2°.- LA SUMA INDICADA EN EL ART. ANTERIOR, SE DESTINARA A LOS SIGUIENTES FINES:

  1. A) PARA PAGO DE LA DEUDA EXISTENTE CON EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. POR ANTICIPOS EFECTUADOS PARA CUMPLIMIENTO DE LOS DECRETOS NROS. 20637, 47429 Y 28530 POR LOS AÑOS 1946 Y 1947 ……………………………………………………………………………….. $ 100.808,40
  2. B) PARA PAGO DE LA DEUDA EXISTENTE CON EL PERSONAL MUNICIPAL POR APLICACIÓN DEL DECRETO NRO. 5482 EN LOS MESES DE ENERO FEBRERO MARZO Y ABRIL DE 1948 SEGÚN PLANILLA ESPECIAL DE CONTADURIA ………………………………………………………………….. $ 5.498,53
  3. C) PARA DIFERENCIA COTIZACION DE TITULO ADEUDADA EN 10 % ($ 11.900) Y OTROS GASTOS (793,07) ……………………………………………………………………………………………………………… $ 12.693,07

119.000,00

ARTÍCULO 3°.- EN GARANTÍA DEL PAGO PUNTUAL DEL PRÉSTAMO, QUEDAN AFECTADOS ESPECIALMENTE LA TOTALIDAD DEL PORCENTAJE QUE LE CORRESPONDIERA A ESTA MUNICIPALIDAD POR PARTICIPACIÓN DE IMPUESTOS NACIONALES (RÉDITOS, GANANCIAS EVENTUALES, BENEFICIOS EXTRAORDINARIOS)PATENTES DE AUTOMOTORES (LEY 4490) O SUS POSTERIORES MODIFICACIONES Y EL PRODUCIDO DE LOS IMPUESTOS DE PATENTES DE TRACCIÓN A SANGRE Y PUBLICIDAD Y LETREROS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL EN LA CANTIDAD NECESARIA HASTA COMPLETAR EL DUPLO DEL SERVICIO ANUAL DE LOS TÍTULOS, PUDIENDO ADEMÁS EL D.E., EN CASO DE INSUFICIENCIA, AFECTAR CUALQUIER OTRO RECURSO MUNICIPAL QUE NO CORRESPONDA A RETRIBUCIÓN DE SERVICIO PÚBLICO.

ARTÍCULO 4°.- LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ DECLARA RECONOCER EN TODAS SUS PARTES LAS LEYES N| 5346 Y 4521, PROMULGADAS CON FECHA 15 DE NOVIEMBRE DE 1948 Y 14 DE NOVIEMBRE DE 1936, OBLIGÁNDOSE A SU ESTRICTO CUMPLIMIENTO , COMO ASÍ TAMBIÉN AL DE LAS MODIFICACIONES, AMPLIACIONES Y REGLAMENTACIONES QUE SE ESTABLECIERAN POSTERIORMENTE.

ARTÍCULO 5°.- LA MUNICIPALIDAD DE JUÁREZ AUTORIZA AL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PCIA. DE BS. AS. A RETENER LOS RECURSOS AFECTADOS POR ESTA ORDENANZA HASTA CUBRIR LOS SERVICIOS TRIMESTRALES DE LAS OBLIGACIONES CONTRAÍDAS, O SEA: PAGO DE INTERESES Y AMORTIZACIONES.

ARTÍCULO 6°.- LA MUNICIPALIDAD FIJARA EN EL PRESUPUESTO RESPECTIVO LA SUMA NECESARIA PARA ATENDER LOS SERVICIOS DE LOS TÍTULOS.

ARTÍCULO 7°.- CONCEDIDO EL PRÉSTAMO POR LE SUPERIOR GOBIERNO, FACULTASE AL D.E. PARA GESTIONAR SU DEPÓSITO EN “CUENTA ESPECIAL” DEL BANCO DE LA PCIA. DE BS. AIRES SUCURSAL JUÁREZ, A LA ORDEN DEL INTENDENTE MUNICIPAL, SECRETARIO Y CONTADOR TESORERO.

ARTÍCULO 8°.- LOS GASTOS QUE DEMANDEN LOS TRÁMITES PREVIOS, PUBLICIDAD, ETC QUE DEMANDEN LOS TRÁMITES PREVIOS, PUBLICIDAD, ETC. SERÁN IMPUTADOS A LA PARTIDA GASTOS GENERALES DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DEL PRESUPUESTO DE GASTO EN VIGENCIA.

ARTÍCULO 9°.- COMUNÍQUESE AL D.E. A SUS EFECTOS.

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