Ordenanza Nro: 1971

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1971

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

O R D E N A

ARTICULO 1°.- EXCEPTUASE A ABASTOS MUNICIPALES DE LOS SIGUIENTES PAGOS, A PARTIR DEL DÍA 1° DE ENERO DE 1990:

• TASA “INSPECCIÓN DE SEGURIDAD E HIGIENE”
• CERTIFICADO DE FAENA, COMPRENDIDO DENTRO DE LA TASA “MARCAS Y SEÑALES”-

ARTÍCULO 2°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA.

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