Ordenanza Nro: 1888

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1888
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

O R D E N A
ARTICULO 1°.- FIJASE A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE 1989 EN AUSTRALES TREINTA MIL (A 30000) EL SUELDO MÍNIMO PARA LOS AGENTES MUNICIPALES MAYORES DE DIECIOCHO AÑOS DE EDAD, QUE CUMPLAN EL HORARIO NORMAL DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
ARTÍCULO 2°.- FIJASE EL VALOR DEL MÓDULO A PARTIR DEL 1° DE AGOSTO DE 1989 EN AUSTRALES OCHENTA Y SIETE CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS (A 87,98), EL QUE SE APLICARA SOBRE EL LISTADO DE MÓDULOS APROBADO POR ORDENANZA N° 1809, EN SU ARTÍCULO N° 2.
ARTICULO 3°.- FIJASE EN AUSTRALES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS (A 976,77) EL VALOR DE LA HORA CATEDRA.
ARTICULO 4°.- DE FORMA.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE.-

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