ORDENANZA MUNICIPAL N° 1744
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- DISPONESE INCORPORAR EL ARTICULO 189° BIS AL CAPITULO XXIX, TITULO II-COMPENSACIONES VARIAS- DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1364/84, EN LA SIGUIENTE FORMA:
ARTICULO 189 BIS.- AL PERSONAL DE TALLERES Y DEPOSITOS QUE CUMPLA TAREAS CONSIDERADAS DE NIVEL ESPECIALIZADO TALES COMO: MECANICA VIAL PESADA, MECANICA AUTOMOTORES LIVIANOS, CHAPA Y PINTURA, GOMERIA, ELECTRICIDAD DEL AUTOMOTOR, HERRERIA Y CARPINTERIA, SE LE RETRIBUIRA MENSUALMENTE SOBRE UNA BASE DE ESCALA PROGRESIVA DE HASTA EL 50% DEL SUELDO BASICO DEL AGENTE. ESTA ESCALA SERA ESTABLECIDA POR EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO, SIENDO RESPONSABILIDAD DEL JEFE DE SECCION EL PUNTAJE A OTORGAR DE ACUERDO A LA PRODUCCION DE CADA UNO.
ARTICULO 2°.- COMUNIQUESE.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DOCE DIAS DEL MES DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.
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