Ordenanza Nro: 1712

ORDENANZA MUNICIPAL N° 1712
DEROGADA POR ORDENANZA MUNICIPAL 2449/1994 Y POR ORDENANZA MUNICIPAL 3067/2000.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y

O R D E N A

ARTICULO 1°.- MODIFICASE EL ARTICULO 3° DE LA ORDENANZA MUNICIPAL N° 1583/86, INCISO D), QUEDANDO ESTE ULTIMO REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA:
D) EL DETALLE COMPLETO DE LOS PREMIOS, QUE NO PODRÁ SER DINERO EN EFECTIVO O VALORES, CONSTANCIA DE LA ADQUISICIÓN POR PARTE DE LA ENTIDAD Y VALOR DE LOS MISMOS, QUE DEBEN REPRESENTAR EN SU CONJUNTO Y COMO MÍNIMO EL VEINTE POR CIENTO (20%) DEL MONTO TOTAL DE LA RIFA. EN EL CASO DE INMUEBLES, AUTOMOTORES Y/O SEMOVIENTES DEBERÁN ACOMPAÑARSE LOS RESPECTIVOS TÍTULOS Y/O CERTIFICADOS DE DOMINIO A FAVOR DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE O UN AVAL QUE A CRITERIO DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO SEA SUFICIENTE PARA GARANTIZAR PLENAMENTE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA ENTIDAD ORGANIZADORA, EN ESPECIAL LA ENTREGA DE LOS PREMIOS EN LAS FECHAS INDICADAS. EN CASO DE MUEBLES O SIMILARES, SE ACOMPAÑARÁ FACTURA DEBIDAMENTE CONFORMADA”.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS ONCE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO.

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