Ordenanza Nro. 158

ORDENANZA MUNICIPAL N° 158

ARTÍCULO 1°.- PRORROGASE HASTA EL 31 DE SEPTIEMBRE DEL CORRIENTE AÑO, EL PLAZO DE VIGENCIA ACORDADO POR LA ORDENANZA N° 147,PARA EL PAGO SIN RECARGOS DEL IMPUESTO ESTABLECIDO POR 0LA ORDENANZA N° 30.

ARTÍCULO 2°.- COMUNÍQUESE AL D.E. ETC.

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