ORDENANZA MUNICIPAL N° 142
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR AL D. EJECUTIVO PARA QUE OTORGUE CONCESIÓN POR CUATRO AÑOS PARA LA IRRADIACIÓN DE LOS PROGRAMAS MUSICALES PROPAGANDA COMERCIAL Y PUBLICIDAD OFICIAL A LA EMPRESA PRIMERA EMISORA JUARENSE S.H.1 CON SUJECIÓN A LAS SIGUIENTES CLAUSULAS: A) DEBE LIMITARSE LA PROPAGANDA COMERCIAL A LOS EFECTOS DE INTERCALAR UNO O DOS AVISOS POR CADA GRABACIÓN MUSICAL. B) DEBE MODERARSE EL TONO DE LOS PARLANTES, LOS QUE FUNCIONAN CON DEMASIADA POTENCIA, CIRCUNSTANCIA QUE INCLINA A CREARSE UN RUIDO MOLESTO, EN VEZ DE MOTIVO DE ESPARCIMIENTO. C) DEBE DARSE LECTURA COMPLETA E INTELIGIBLE A LOS COMUNICADOS OFICIALES EMANADOS DE ESTA MUNICIPALIDAD. D) LA PROPAGANDA COMERCIAL DEBE SER ELIMINADAS TOTALMENTE EN TODAS LAS OPORTUNIDADES EN QUE SE TRANSMITAN ACTOS O AUDICIONES DE CARÁCTER OFICIAL.
ARTÍCULO 2°.- AUTORIZAR AL D. E. CONCEDA EL PERMISO CORRESPONDIENTE PARA LA EXTENSIÓN DE LA RED DE ALTAVOCES EN LAS AVENIDAS LIBERTAD Y ALSINA YA VENIDA SAN MARTIN. EL D.E. REGLAMENTARA LAS CONDICIONES, UBICACIONES DE PARLANTES, HORARIOS, ETC., QUE SE ESTIMEN CONVENIENTES.
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE AL D. E. ETC.
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