ORDENANZA MUNICIPAL N° 1331
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPA LIDAD DE BENITO JUAREZ EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, RESUELVE Y
O R D E N A
ARTICULO 1°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PODRÁ SUSCRIBIR CONVENIOS CON LAS ENTIDADES DEPORTIVAS DEL PARTIDO DE BENITO JUÁREZ CON PERSONERÍA JURÍDICA, PARA QUE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES NACIONALES, PROVINCIALES O MUNICIPALES EXISTENTES PUEDAN REALIZAR LAS PRACTICAS DE EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTIVAS OBLIGATORIAS Y/O NECESARIAS A JUICIO DE LOS PROFESIONALES RESPONSABLES.
ARTÍCULO 2°.- TALES CONVENIOS SERÁN DE DOS TIPOS:
A) CONVENIOS ANUALES PARA LA UTILIZACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA ENTIDAD DEPORTIVA QUE SE TRATE, EN LA QUE SE DETERMINARAN LOS MONTOS DE LOS SUBSIDIOS MENSUALES QUE PERCIBIRÁ LA ENTIDAD POR LA PRESTACIÓN DE SUS INSTALACIONES.
B) CONVENIOS A LARGO PLAZO DE COLABORACIÓN MUNICIPAL ECONÓMICA Y DE GESTIÓN, PARA EL DESARROLLO POR PARTE DE LA ENTIDAD QUE SE TRATE DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA INEXISTENTE; DE AMPLIACIÓN Y/O MEJORAMIENTO DE LA EXISTENTE, ETC., PARA LO CUAL LA MUNICIPALIDAD PODRÁ VOTAR SUBSIDIOS ESPECIALES EN LOS PRESUPUESTOS ANUALES Y/O GESTIONAR LA AYUDA ECONÓMICA CON EL MISMO FIN, DE LA AUTORIDAD PROVINCIAL Y/O NACIONAL.
ARTÍCULO 3°.- LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DEBERÁ SER, EN TODOS LOS CASOS, APROBADA POR EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE.
ARTÍCULO 4°.- EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO PODRÁ REGLAMENTAR, SI FUERA NECESARIO LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 5°.- DE FORMA.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE JUNIO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO.
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