Ordenanza Nro: 1261

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “C” N° 355/83, POR EL QUE LA COMISIÓN VECINAL DEL BARRIO LA CALERA SOLICITA SE LE DONEN LOS MATERIALES NECESARIOS PARA EFECTUAR LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN DE LA RED DE GAS EN DICHA ZONA;
LO INFORMADO POR LA SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, CONTADURÍA Y ASESORÍA LEGAL (FOJAS 1, 2 Y 3);
LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6° INCISO 2 DE LA LEY 9448;
Y CONSIDERANDO QUE OPORTUNAMENTE, Y UTILIZANDO UN PRÉSTAMO QUE CON ESE DESTINO ESPECÍFICO OTORGARA A LA COMUNA EL BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, FUERON ADQUIRIDOS LOS MATERIALES QUE SE UTILIZARÍAN EN LA OBRA DE AMPLIACIÓN DE LA RED DE GAS;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1261
ARTÍCULO 1°.- TRANMITASE A TITULO GRATUITO A LA COMISIÓN VECINAL DEL BARRIO LA CALERA LOS SIGUIENTES MATERIALES: 518 METROS LINEALES DE CAÑERIA DE 76 MM. DE DIAMETRO, Y 155 METROS LINEALES DE CAÑERIA DE 51 MM. DE DIAMETRO, CON CRAGO DE SER UTILIZADOS EXCLESIVAMENTE PARA LA AMPLIACION DE LA RED DE GAS EN ESA ZONA, Y CON LA CONDICION DE QUE LAS OBRAS TENGAN COMIENZO EFECTIVO EN UN PLAZO NO MAYOR DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS DE SANCIONADA LA PRESENTE ORDENANZA.
ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE
ARTÍCULO 3°.- COMUNÍQUESE, DESE AL REGISTRO UNICO DE ORDENANZAS, TOME NOTA CONTADURIA, OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,, BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDOS, ARCHÍVESE.

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