Ordenanza Nro: 1260

VISTO LO ACTUADO EN EL EXPEDIENTE LETRA “C” N° 187/83, POR EL QUE EL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE BENITO JUÁREZ SOLICITA LA DONACIÓN DE UN TERRENO MUNICIPAL EN EL CUAL SERÁ CONSTRUIDA LA SEDE PROPIA;
LO DICTAMINADO A FOJAS 26 POR EL SEÑOR ASESOR LEGAL;
Y CONSIDERANDO LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 6° INCISO 2 DE LA LEY 9448;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BENITO JUÁREZ, EN EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES REGLAMENTARIAS DE DEPARTAMENTO DELIBERATIVO, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA MUNICIPAL N° 1260
ARTÍCULO 1°.- LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ DONA AL CENTRO DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE BENITO JUÁREZ UN INMUEBLE UBICADO EN LA INTERSECCIÓN DE CALLES CÓRDOBA Y MAIPÚ, DE ESTA CIUDAD DE BENITO JUÁREZ, PARTIDO DEL MISMO NOMBRE, QUE SE DESIGNA CATASTRALMENTE COMO CIRCUNSCRIPCIÓN I, SECCIÓN A, MANZANA 24, PARCELA 1 “A”, CON UNA SUPERFICIE DE: 935 METROS, 08 DECÍMETROS CUADRADOS. EL DOMINIO SE ENCUENTRA INSCRIPTO A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE BENITO JUÁREZ EN LA MATRICULA 9166 DEL PARTIDO DE JUÁREZ (53), AÑO 1983.
ARTÍCULO 2°.- LA ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO SE EXTENDERÁ POR ANTE EL ESCRIBANO PÚBLICO DE ESTA CIUDAD DON ALEJANDRO OSCAR TACHELLA, SIENDO TODOS LOS GASTOS DERIVADOS DE ELLO A CARGO DEL DONATARIO.
ARTÍCULO 3°.- EL DONATARIO DEBERÁ LEVANTAR EN EL INMUEBLE DONADO SU SEDE SOCIAL, DEBIENDO INICIARSE LOS TRABAJOS RESPECTIVOS DENTRO DE UN PERIODO DE UN (1) AÑO DE EFECTUADA LA DONACIÓN Y CONCLUIRSE EN EL TÉRMINO DE CINCO (5) AÑOS. VENCIDO DICHO TÉRMINO Y NO EFECTUADA LA OBRA EN SU TOTALIDAD, SE PRODUCIRÁ LA REVERSIÓN DEL DOMINIO EN FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD, DE OFICIO Y SIN NECESIDAD DE INTIMACIÓN ALGUNA.
ARTÍCULO 4°.- PUBLÍQUESE EN EL BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL
ARTÍCULO 5°.- NOTIFÍQUESE
ARTÍCULO 6°.- COMUNÍQUESE, DESE AL R.O. DE ORDENANZAS, TOME NOTA PATRIMONIO, BOLETÍN OFICIAL MUNICIPAL, Y SECRETARIA DE GOBIERNO Y HACIENDA, A LOS EFECTOS CORRESPONDIENTES, CUMPLIDOS, ARCHÍVESE.

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